25 April 2024
 

Junio 2012.  Fuente (interrogantes net) En la historia de los derechos humanos ocupa un lugar preliminar el reconocimiento de la libertad de conciencia. Quizás una de sus manifestaciones más claras sea el derecho a la objeción de conciencia. Las demandas que, históricamente, se han ido acogiendo a la objeción de conciencia han sido muy variadas. Podemos citar, en el pensamiento griego, el caso de Antígona, que se negó a obedecer las órdenes del rey por respetar los dictados de su conciencia. Otro ejemplo podemos encontrarlo en Tomás Moro, ejecutado por orden de Enrique VIII en la Inglaterra del siglo XVI. Su negativa a acatar una decisión del monarca se fundamentó en que ésta agredía profundamente su conciencia. Decía: “En mi conciencia, este es uno de los puntos en que no me veo constreñido a obedecer a mi príncipe… Tenéis que comprender que en todos los asuntos que tocan a la conciencia, todo súbdito bueno y fiel está obligado a estimar más su conciencia y su alma que cualquier otra cosa en el mundo”.

También merecen destacarse, en el siglo XVII, las reclamaciones de los cuáqueros, al negarse a empuñar las armas por razones de conciencia. En nuestros días quizás las demandas más frecuentes han sido las referentes a exención de la prestación del servicio militar y la objeción de conciencia a la práctica del aborto.

La libertad está por encima de los Estados, salvo en los autoritarios

A pesar de la diversidad de supuestos que, históricamente, se han acogido a la objeción de conciencia, en la base de todos ellos encontramos un mismo presupuesto: el poder (lo detente quien lo detente) no puede ordenar cualquier cosa, sobre todo, si ello agrede gravemente la conciencia de los ciudadanos. De este modo, la objeción de conciencia implica siempre el incumplimiento de una obligación de naturaleza jurídica cuya realización produciría en el individuo una agresión grave a la propia conciencia. Lo bien cierto es que desde los orígenes del Estado de Derecho se ha entendido que el respeto a la conciencia es uno de los límites más importantes del poder, ya que la dignidad y la libertad humanas se encuentran por encima del propio Estado. Por el contrario, el rechazo del derecho a la libertad de conciencia se encuentra, entre otros rasgos, en la base de todos los autoritarismos. Ciertamente, una de las características más frecuentes de los Estados autoritarios es que pretenden invadir y dirigir la conciencia de los ciudadanos.

Esta realidad, la importancia que en un sistema democrático tienen la libertad ideológica y de conciencia de las personas, pretende ser negada en la actualidad a ciertos sectores de la población. Al menos, ello es lo que se deduce del debate actual sobre la dispensación por los farmacéuticos de la píldora del día siguiente.

Por un lado, resulta muy lógico que a un profesional, formado en el respeto a la vida y la promoción de la salud, le provoque un grave daño a su conciencia tener que participar en la eliminación de un embrión humano. No obstante, desde ciertos sectores se está intentando presionar para negar la posibilidad de que el farmacéutico pueda acogerse a la objeción de conciencia. Frente a ello, es evidente que el farmacéutico, como cualquier otro sanitario, posee una formación y capacitación específica que le permite tomar decisiones, en ciencia y en conciencia, y ser responsable de ellas. Impedir esta capacidad es negarle, no sólo su lugar como profesional del ámbito de la sanidad, sino también un derecho humano básico, el de actuar según su conciencia. No se trata de un asunto baladí, por cuanto que la dispensación de la píldora del día siguiente afecta al bien jurídico más importante de nuestro ordenamiento e incluso de nuestra sociedad, la vida humana.

                Angela Aparisi, Directora del Instituto de Derechos Humanos Universidad de Navarra

¿Causa aborto el DIU o dispositivo intrauterino?

Autor: Dr. Chris Kahlenborn | Fuente: http://embaraceptivos.blogspot.

Sí, el DIU no es un elemento que suprima la ovulación y su mecanismo de acción es a través de modificaciones y alteraciones del endometrio ( cara interna del útero) de tal forma que el embrión recientemente concebido no pueda implantarse en el útero.

¿Admiten los grupos pro-aborto que el mecanismo de acción de los anticonceptivos y los DIUs es provocar un aborto temprano?

Los grupos pro-aborto más vehementes admiten abiertamente la naturaleza abortiva de todos los anticonceptivos y los DIUs.

En sus argumentos ante la Corte Suprema de 1989, en el caso Webster contra Servicios de Salud Reproductiva, el Sr. Frank Susman alegando por el lado de los pro-aborto le dijo al Juez Anthony Scalia, “Si... yo puedo sugerir las razones en respuesta a su pregunta, Juez Scalia: llamamos hoy a la anticoncepción en nuestro modo de hablar, cuando nos referimos a los DIUs y a las píldoras anticonceptivas de bajas dosis-los cuales son el tipo más seguro de control de la natalidad disponible- y actúan como abortivos.

Además en el prospecto, ellos están correctamente rotulados como abortivos” (38)

¿Causan abortos tempranos otros anticonceptivos como por ejemplo las progesteronas de actividad prolongada o de depósito (Norplant)?

El Norplant, es una progesterona artificial que consiste en una serie de tubitos de silastic ( rubber-like) que se implantan debajo de la piel en el brazo de las mujeres y están completos de la droga “levonorgestrel”. Estos tubitos liberan esta progesterona artificial dentro del cuerpo de la mujer durante un período de 5 años.

Se ha encontrado según estudios, que el Norplant permite que la ovulación ocurra, en más del 40% de los ciclos mensuales femeninos. (36)

En suma, un estudio en conejos, conducido por Chang (40) ha mostrado que el esperma libremente llegaba a la trompas de Falopio de las conejas, aún cuando le administraban alta dosis de progesterona sintética.

La combinación de una alta tasa de ovulación y documentadas y comprobadas migraciones de espermatozoides a las trompas de Falopio en animales, sugieren que las progesteronas artificiales tales como el Norplant y el Depo- Provera permiten una alta tasa de fertilización y por ende el aborto subsecuentemente, más comúnmente y aún más alta que las píldoras anticonceptivas.

¿Causa abortos tempranos la “Píldora del Día Después”?

La “Píldora del Día Después” consiste en una serie de altas dosis de anticonceptivos que algunas mujeres toman uno o dos días después de pensar que ellas han concebido .

Esa alta dosis de hormona actúa como un abortivo porque adelgaza el endometrio y de ese modo evita que se implante el embrión recién concebido. El modelo de experimentación animal descrito por Castro-Vázquez en 1971 demostró éstos efectos en ratas. (41)

¿Algunos Servicios Hospitalarios de Emergencia, administran “hormonas” a mujeres que han sido violadas recientemente? ¿Pueden éstas “hormonas”, causar un aborto temprano?

La mujer que concurre a un servicio de emergencia médica dentro de unas pocas horas de haber sido violada puede o no haber concebido. Algunos de los profesionales del servicio de emergencia les darán ha esas mujeres altas dosis de estrógenos y progesteronas, muy similar a la “Píldora del Día Después”.

La excepción se encuentra a menudo en los Hospitales Católicos, donde los médicos no administran la “Píldora Post-Violación”.

Para la mujer que fue violada cerca del momento de su ovulación, las hormonas pueden de veras parar la ovulación y evitar la concepción.

Pero si la ovulación ocurrió y ha concebido, las hormonas trabajarán causándole un aborto temprano en la misma línea descripta para la “Píldora del Día Después”.

Desde que no hay manera de saber si ha ocurrido la concepción, algunos médicos no prescribirán la “Píldora Post-Violación”.

¿La “Fecundación Artificial” causa abortos tempranos?

Cada método de “Fecundación Artificial” que éste autor ha estudiado, ya sea “in vitro” (o sea dentro del tubo de ensayo de vidrio) o la transferencia del óvulo fecundado dentro de las trompas de Falopio (ZIFT) o la transferencia de gametas dentro de las trompas de Falopio (GIFT), involucra la muerte de muchos niños no nacidos durante éstos procesos. Muy pocos, 1 de cada 20 niños concebidos sobrevive el proceso de “Fecundación en un Vidrio”.

Aún la GIFT (transferencia de gametas dentro de las trompas de Falopio) involucra la exposición de más de un óvulo (varios óvulos) a muchísimos espermatozoides, una situación en la cual ocurren múltiples abortos tempranos.

En suma a ésos métodos, es posible que ésas mujeres que toman píldoras para quedar embarazadas tal como el citrato de clomifeno, las cuales generan una “superovulación”, tal vez experimenten abortos tempranos.

Algunos estudios (42, 43, 44, 45), pero no todos (46) indican que ésta droga adelgaza el endometrio (cara interna del útero), teóricamente haciendo más difícil para que el niño o niña recién concebido se implante.

¿Pueden causar un aborto temprano los estrógenos que toman las mujeres post- menopáusicas (terapia de reemplazo)?

A menudo las mujeres comienzan con la “terapia estrogénica de reemplazo” cerca del tiempo de la menopausia. Esto usualmente tiene un efecto beneficioso de reducir el riesgo de osteoporosis, pero incrementa el riesgo de cáncer de útero y de mama.

Desafortunadamente, muchas mujeres en el mundo están ahora comenzando con los estrógenos de reemplazo, antes que ellas hayan cesado completamente de ovular.

Esto es, ellas no están siempre en la verdadera menopausia porque ellas están teniendo todavía ciclos ocasionales (ovulaciones de la perimenopausia).

Si una mujer comenzó precozmente con estrógenos cuando todavía tenía ciclos ocasionales, ella podría concebir y tener un aborto temprano.

Esto es algo para tomar conciencia, y las mujeres que desean evitar éste efecto no deberían comenzar la supuesta terapia hormonal de reemplazo hasta que ellas no hayan tenido un ciclo menstrual durante un período de un año.

¿Por qué el término “anticonceptivo” se utiliza en citas bibliográficas cuando se hace referencia a varias de las hormonas artificiales?

Los anticonceptivos orales, los implantables como el Norplant, el inyectable Depo-Provera, los DIUs, la píldora del día después y la píldora post-violación, todas trabajan a través del mecanismo de provocar un aborto temprano por lo menos parte del tiempo de su uso.

La palabra “anticonceptivo” fue usada en consecuencia en éstas citas bibliográficas porque todas las evidencias colocaban a esas hormonas o sus derivados como abortivas.

Esto es, porque esas hormonas anticonceptivas causaban un aborto temprano en algunos períodos durante el tiempo que se usan.

La palabra “contracepción o anticoncepción” significa “evitar o impedir la concepción”.

Claramente, las hormonas de las que hablamos en éste trabajo, causan la muerte del embrión masculino o femenino después de que es concebido y NO pueden ser llamadas con exactitud “anticonceptivas” solamente.