Tramites

Quiero colaborar con una fundación que se dedique a los enfermos. ¿Con quién puedo hablar?

FUNDACIÓN SAN EZEQUIEL MORENO, seccional Ibagué, 31 años.  Nuestro lema es llevar al enfermo Amor y Pan.  Es una institución sin ánimo de lucro, dedicada a visitar a los enfermos graves, donde ellos se encuentren, especialmente a los de cáncer y a los más pobres con el fin de llevarles consuelo, esto lo hacemos mediante el acompañamiento espiritual y humano.  La fundación les ayuda con un auxilio económico mensual, mercado, medicamentos para que pueda atender sus necesidades elementales; esta ayuda se prolonga hasta la muerte por tratarse de casos irreversibles.

Tu puedes colaborar con nosotros en ésta obra redentora como donante voluntario pues Cristo está enfermo y tiene hambre de pan y de consuelo en nuestros hermanos, tu puedes acompañarle y aliviar su situación.  Jesús te necesita y te llama, piénsalo y comunícate con nosotros. Estamos ubicados en la calle 10 # 2-58 oficina 305 Curia Arzobispal, teléfono 261 1328 extensión 122.  

“El cristiano tiene que aprender a abrir su corazón verdaderamente a todos los que lo rodean, y entonces, las prioridades cambian: ya no me preocupo si esto me interesa o no; la única preocupación que acabo por tener es si me estoy entregando totalmente o me estoy entregando a medias; si estoy dándome, incluso a costa de mí mismo, o estoy dándome calculándome a mí mismo”.  Colaborar con la obra de Dios es una buena idea.  En nuestra arquidiócesis tenemos necesidades económicas en varios templos en construcción, anímate a colaborar.  

 

Padre, José Gilberto Galeano.  Está construyendo el templo de Santa Teresita del Niño Jesús,  ubicada en el barrio protecho en Ibagué.   Te puedes comunicarte al teléfono 314 267 5392.   Mil gracias por tu generosidad.  

 

Padre, Juan Carlos Corzo Pérez.  Está construyendo el templo a nuestra señora de la salud.  Ubicado en el barrio Modelia, nor oriente de la ciudad de Ibagué, puedes comunicarte al teléfono 300 571 4020  y el despacho parroquial   Tel. 272 4153

Padre, José Ferney Quimbayo. Está construyendo dos templos parroquiales.  El primero ubicado en el barrio Varsovia en Ibagué, Parroquia la santa Cruz.  El segundo templo en el barrio Villa Café, Parroquia Marcelino Champagnat.  Puedes comunicarte al teléfono 316 753 9584  en Ibagué. 

Padre, Isidoro García Isaza.  Está construyendo una capilla para la adoración permanente del Santísimo Sacramento, en la parroquia san Juan Bautista, barrio Jordán 2a etapa. Puedes comunicarte al teléfono  313 395 0170  en Ibagué. 

 

Padre, Luis Fernando Medina. Está construyendo el templo al Santo Cura de Ars,  ubicado en el corregimiento el totumo de Ibagué.   Puedes comunicarte al teléfono 314 472 2522.   Mil gracias por tu generosidad. 

 

Padre, Josué Enciso Arbelaez. Está construyendo el templo nuestra Señora de Lurdes,  ubicada en el barrio Calarcá en Ibagué.   Te puedes comunicar al teléfono 313 311 3775.   Muchas gracias por tu generosidad. 

 

Padre, Alfonso Bonilla Aristizabal. Está construyendo el templo de la Divina Misericordia,  ubicado en el barrio Venecia en Ibagué.   Puedes comunicarte al teléfono 320 306 0838.    

 

Padre, Bernardo de la Cruz Ospina. Está construyendo el Centro de Atención Pastoral – San Juan Pablo II -,  ubicado en Ibagué.   Puedes comunicarte al teléfono 315 236 0160.   Mil gracias por tu generosidad. 

 

Padre, John Alexander Valero Dussan. Está construyendo el templo a San José, esposo de la Virgen,  ubicado en el kilómetro 2 vía Bogotá.   Puedes comunicarte al teléfono 322 427 3701.   Muchas gracias por tu generosidad. 

 

Padre, Oscar Orjuela Perea. Está construyendo el templo a San Juan Eudes,  ubicado en el barrio los ciruelos en Ibagué.   Puedes comunicarte al teléfono 318 743 0507 o al despacho parroquial 2752064.   Mil gracias por tu generosidad. 

 

Padre, Augusto Cardona Agudelo. Está construyendo el templo a María Rosa Mística,  ubicado en el barrio valparaiso en Ibagué.   Puedes comunicarte al teléfono 311 847 0971.   Muchas gracias por tu generosidad.  

El sacramento del matrimonio es un gran acto de fe y de amor: testimonia el coraje de creer en la belleza del acto creador de Dios y de vivir aquel amor que empuja a seguir adelante siempre más allá, más allá de sí mismos y también más allá de la misma familia. La vocación cristiana a amar sin reservas y sin medida es lo que está en la base también del libre consentimiento que constituye el matrimonio.

La misma Iglesia está plenamente involucrada en la historia de todo matrimonio cristiano: se edifica en sus logros y padece en sus fracasos. Pero debemos interrogarnos con seriedad:

¿aceptamos completamente, nosotros mismos, como creyentes y como pastores también, este vínculo indisoluble de la historia de Cristo y de la Iglesia con la historia del matrimonio y de la familia humana? ¿Estamos dispuestos a asumirnos seriamente esta responsabilidad, es decir, que todo matrimonio va en el camino del amor que Cristo tiene a la Iglesia? ¡Esto es grande! (audiencia Papa Francisco. 6 de mayo 2015)

            En nuestra arquidiócesis, se presta el servicio pastoral, espiritual, acompañamiento, consejería para las parejas.  El director es el reverendo padre, Félix María García Angarita, quien actualmente está en la parroquia san Judas Tadeo, en Ibagué.  Teléfono 5151619   Móvil:  320 236 0034.

            También el Tribunal Eclesiástico metropolitano, ubicado en la calle 10 N. 1-111 teléfono 261 0495 Móvil: 310 774 5129  cuenta con el servicio de consejería y atención. 

            En la pastoral arquidiocesana existen un grupo de parejas matrimoniales quienes también atienden consejería y escucha de las parejas, ellas son.  Carlos y rosita Buitrago.  Carrera 6 A N. 1 A 12  Barrio Irasú,  Ibagué.  Fijo 277 4224    311 457 7060.  Carlos y Martha cruz, Carrera 48 sur N. 83-14  vía picaleña.  Teléfono 273 7924.   Móvil   315 846 1465 Ibagué.  Neftalí mesa   calle 21 con 8ª  Móvil  300 208 4045 en Ibagué.

Existe el Encuentro matrimonial, para el fortalecimiento de la relación de las parejas, casados o pareja convivientes o próximos a contraer matrimonio. Su correo electrónico es:    encuentromatrimonialibague@hotmail.com      Dichos encuentros se llevan a cabo en la Casa de formación cristiana en Casablanca, barrio especial el salado.  Para saber sobre estos encuentros, puedes comunicarte con: Carlos y Amparo Ariza.  Teléfono:  2781051   Móvil. 312 537 2977.  Leonardo y María Nelsy Ramírez.  Tel   278 5989   Móvil.  311 598 1978.  Los próximos encuentros serán:  29 30 y 31 de mayo, 2015.   Agosto 14-16, del 2015.    Octubre  23-25 del 2015. 

“La celebración del sacramento no puede dejar afuera esta corresponsabilidad de la vida familiar con respecto a la gran misión de amor de la Iglesia. Y así, la vida de la Iglesia se enriquece cada vez con la belleza de esta alianza nupcial, como también se empobrece cada vez que ésta es desfigurada.” (Papa Francisco) 

“El apóstol Pedro escribe: “Que cada cual ponga al servicio de los demás la gracia que ha recibido, como buenos administradores de las diversas gracias de Dios”, (1 Pe 4, 10). Este sentido prevalece en los sustantivos “ministro” y “ministerio” en el uso eclesial. Cuidar, conservar, vigilar, proteger” (manual de administración parroquial, arquidiócesis de Ibagué).

            La Iglesia guarda una consonancia entre la evangelización que es su prioridad y la administración de los asuntos de Dios.  Razón suficiente para prestar este segundo servicio para el bien de los fieles en sus documentos sacramentales.  A continuación presento los casos que se pueden presentar en cuanto a la inscripción de documentos y corrección de los mismos.

 

            La arquidiócesis de Ibagué, cuenta con una oficina para esos casos, es la cancillería diocesana, ubicada en la calle 10 N. 2-58 teléfono 261 1680.   El canciller es Monseñor Hernán Gallo Gallo.  Su secretaria es la señora Luz Marina Rodríguez Cabezas.  Teléfono 261 1680 extensión 105   

CORRECCIÓN E  INSCRIPCIÓN DE PARTIDAS

INSCRIBIR UNA PARTIDA DE BAUTISMO

Certificado de la parroquia de no existencia de la partida

Registro civil de nacimiento

Partida de matrimonio (si es casado (a))

Testigos que den los datos que contiene la partida y diciendo que les consta que recibió el sacramento y den testimonio de la existencia de ese sacramento

Si tiene alguna partida antigua debe anexarla

Una fotografía de la celebración litúrgica del sacramento (si la tiene)

Fotocopia de la cédula al 50%

INSCRIBIR UNA PARTIDA DE CONFIRMACIÓN

Certificado de la parroquia de no existencia de la partida

copia de la partida de bautismo

Testigos que den los datos que contiene la partida y diciendo que les consta que recibió el sacramento  den testimonio de la existencia de ese sacramento

Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 50%

Una fotografía de la celebración litúrgica del sacramento (si la tiene)

INSCRIBIR UNA PARTIDA DE MATRIMONIO

Certificado de la parroquia de no existencia de la partida

Partidas de bautismo de los cónyuges

fotocopias de las cédulas al 50%

Fotografía de la celebración, si la tiene. 

Dos testigos que certifiquen de la celebración de ese sacramento

Fotocopia cédula de los testigos al 50%

CORREGIR UNA PARTIDA DE BAUTISMO

Partida de bautismo reciente que se va a corregir

Registro civil de nacimiento

Fotocopia de la cédula de ciudadanía

Si el titular de la partida pide cambio en la fecha de nacimiento y no tiene registro civil, debe presentar fotocopia de la cédula de ciudadanía

Si la corrección es de nombre, debe presentar registro civil, cédula de ciudadanía

Si hubo cambio de nombre o apellido por escritura pública, debe presentar certificado de la parroquia de no existencia de ese nombre o apellido, registro civil de nacimiento y fotocopia de la cédula de ciudadanía.

CORRECCIÓN PARTIDA DE BAUTISMO (FECHA DE NACIMIENTO)

Copia de la partida que se va a modificar

Registro civil de nacimiento

Fotocopia de cédula al 50%

Se corrige siempre y cuando sea primero registrado y después bautizado, si no tiene registro civil, certificado nacido vivo o partida del hermano anterior y posterior donde no hay tiempo de haber nacido el uno del otro. 

CORREGIR EN LA PARTIDA DE BAUTISMO, (NOMBRES.)

copia partida de bautismo del documento a modificar

Registro civil de nacimiento

Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 50%

Si hubo cambio de nombre, escritura pública por el cual se cambió el nombre y el nuevo registro civil.  

CORREGIR LA PARTIDA DE BAUTISMO, CUANDO HAY RECONOCIMIENTO

copia partida del documento a modificar

Registro civil de nacimiento

Fotocopia de la cédula de ciudadanía  al 50%

Nombre de los abuelos paternos

Si fue por medio de sentencia, presentar copia

Partida de matrimonio de los padres si los adoptantes son casados. 

CORRECCIÓN PARTIDA DE BAUTISMO (Nombres o apellidos de los padres)

Copia partida del documento que se va a corregir

Registro civil de nacimiento

Fotocopia cédula de ciudadanía al 50%

Partida de bautismo o registro civil del papá o la mamá, donde están incorrectos los nombres o apellidos y anexar fotocopia de cédula al 50%

 

CORREGIR PARTIDA DE BAUTISMO CUANDO HAY ADOPCIÓN

Copia partida del documento que se va a corregir

Registro civil de nacimiento

Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 50%

Copia de la sentencia de la adopción

Fotocopia de la cédula de los padres adoptantes al 50&

Partida de matrimonio si los padres adoptantes son casados. 

CORREGIR PARTIDA DE CONFIRMACIÓN.

Copia partida del documento que se va a corregir

Copia partida de bautismo

Registro civil de nacimiento

Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 50%

CORREGIR PARTIDA DE MATRIMONIO.

Copia partida del documento que se va a corregir

Copia partida de bautismo del cónyuge que se va a modificar, ya modificada y si está incorrecta, primero se modifica la partida de bautismo

Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 50%

Copia registro civil si lo tiene

CORREGIR PARTIDA DE MATRIMONIO (Nombres de los hijos legitimados que están incorrectos)

Copia partida del documento que se va a corregir

Copia partida de bautismo o registro civil del hijo o hijos, cuyos nombres son incorrectos

CORREGIR PARTIDA DE DEFUNCIÓN

Copia partida de defunción que se va a modificar

Copia partida de bautismo

Registro civil de nacimiento, si lo hay

Fotocopia de la Cédula, si la hay

Para modificar el nombre del cónyuge o de la cónyuge, partida de matrimonio, registro civil respectivamente y cédula si la hay.

CORRECCIÓN PARTIDA DE BAUTISMO POR INTERDICCIÓN

Copia partida de bautismo en la cual no existe la nota

Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 50%

Copia de la sentencia de Interdicción

Fotocopia de la cédula al 50&  de la persona que va a realizar el trámite.  

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.

La Eucaristía es la fuente y cumbre de toda vida cristiana.  Debes preocuparte por formarte cristianamente para este sacramento de la Eucaristía, busca en tu sitio de residencia la Parroquia, allí encontrarás el medio para que recibas formación sobre Dios, Cristo, la Iglesia, los sacramento, la vida cristiana, la oración, etc.  Si no conoces dónde preguntar, ingresa al siguiente link:  http://arquidiocesisdeibague.org/la-arquidiocesis/directorio-eclesiastico  allí encuentras los nombres de las parroquias, los párrocos, direcciones y teléfonos, de esta manera lograrás información completa.  Te recomiendo que leas el siguiente artículo sobre lo que más deseas, la Eucaristía.  NOTA:  para recibir el sacramento de la Eucaristía es necesario realizar un curso de preparación que se puede recibir en cada Parroquia, luego el sacramento de la Reconciliación y finalmente la primera comunión que será programada en una fecha de acuerdo a cada párroco.

EL SACRAMENTO DE LA EUCARISTIA

Catecismo de la Iglesia Católica.

1322      La Sagrada Eucaristía culmina la iniciación cristiana. Los que han sido elevados a la dignidad del sacerdocio real por el Bautismo y configurados más profundamente con Cristo por la Confirmación, participan por medio de la Eucaristía con toda la comunidad en el sacrificio mismo del Señor.

1323      “Nuestro Salvador, en la última Cena, la noche en que fue entregado, instituyó el sacrificio eucarístico de su cuerpo y su sangre para perpetuar por los siglos, hasta su vuelta, el sacrificio de la cruz y confiar así a su Esposa amada, la Iglesia, el memorial de su muerte y resurrección, sacramento de piedad, signo de unidad, vínculo de amor, banquete pascual en el que se recibe a Cristo, el alma se llena de gracia y se nos da una prenda de la gloria futura” (SC 47).

I              LA EUCARISTIA – FUENTE Y CUMBRE DE LA VIDA ECLESIAL

1324      La Eucaristía es “fuente y cima de toda la vida cristiana” (LG 11). “Los demás sacramentos, como también todos los ministerios eclesiales y las obras de apostolado, están unidos a la Eucaristía y a ella se ordenan. La sagrada Eucaristía, en efecto, contiene todo el bien espiritual de la Iglesia, es decir, Cristo mismo, nuestra Pascua” (PO 5).

1325      “La Eucaristía significa y realiza la comunión de vida con Dios y la unidad del Pueblo de Dios por las que la Igle sia es ella misma. En ella se encuentra a la vez la cumbre de la acción por la que, en Cristo, Dios santifica al mundo, y del culto que en el Espíritu Santo los hombres dan a Cristo y por él al Padre” (CdR, inst. “Eucharisticum mysterium” 6).

1326      Finalmente, la celebración eucarística nos unimos ya a la liturgia del cielo y anticipamos la vida eterna cuando Dios será todo en todos (cf 1 Co 15,28).

1327      En resumen, la Eucaristía es el compendio y la suma de nuestra fe: “Nuestra manera de pensar armoniza con la Eucaristía, y a su vez la Eucaristía confirma nuestra manera de pensar” (S. Ireneo, haer. 4, 18, 5)

II             EL NOMBRE DE ESTE SACRAMENTO

1328      La riqueza inagotable de este sacramento se expresa mediante los distintos nombres que se le da. Cada uno de estos nombres evoca alguno de sus aspectos. Se le llama:

                –Eucaristía porque es acción de gracias a Dios. Las palabras “eucharistein” (Lc 22,19; 1 Co 11,24) y “eulogein” (Mt 26,26; Mc 14,22) recuerdan las bendiciones judías que proclaman -sobre todo durante la comida- las obras de Dios: la creación, la redención y la santificación.

1329      –Banquete del Señor (cf 1 Co 11,20) porque se trata de la Cena  que el Señor celebró con sus discípulos la víspera de su pasión y de la anticipación del banquete de bodas del Cordero (cf Ap 19,9) en la Jerusalén celestial.

                –Fracción del pan porque este rito, propio del banquete judío, fue utilizado por Jesús cuando bendecía y distribuía el pan como cabeza de familia (cf Mt 14,19; 15,36; Mc 8,6.19), sobre todo en la última Cena (cf Mt 26,26; 1 Co 11,24). En este gesto los discípulos lo reconocerán después de su resurrección (Lc 24,13-35), y con esta expresión los primeros cristianos designaron sus asambleas eucarísticas (cf Hch 2,42.46; 20,7.11). Con él se quiere significar que todos los que comen de este único pan, partido, que es Cristo, entran en comunión con él y forman un solo cuerpo en él (cf 1 Co 10,16-17).

                –Asamblea eucarística (synaxis), porque la Eucaristía es celebrada en la asamblea de los fieles, expresión visibl e de la Iglesia (cf 1 Co 11,17-34).

1330      –Memorial  de la pasión y de la resurrección del Señor.

                – Santo Sacrificio, porque actualiza el único sacrificio de Cristo Salvador e incluye la ofrenda de la Iglesia; o también santo sacrificio de la misa, “sacrificio de alabanza” (Hch 13,15; cf Sal 116, 13.17),  sacrificio espiritual (cf 1 P 2,5), sacrificio puro (cf Ml 1,11)  y santo, puesto que completa y supera todos los sacrificios de la Antigua Alianza.

                – Santa y divina Liturgia, porque toda la liturgia de la Iglesia encuentra su centro y su expresión más densa en la celebración de este sacramento; en el mismo sentido se la llama también celebración  de los santos misterios. Se habla también del Santísimo Sacramento porque es el Sacramento de los Sacramentos. Con este nombre se designan las especies eucarísticas guardadas en el sagrario.

1331      – Comunión, porque por este sacramento nos unimos a Cristo que nos hace partícipes de su Cuerpo y de su Sangre para formar un solo cuerpo (cf 1 Co 10,16-17); se la llama también  las cosas santas [ta hagia; sancta] (Const. Apost. 8, 13, 12; Didaché 9,5; 10,6) -es el sentido primero de la  comunión de los santos de que habla el Símbolo de los Apóstoles-,  pan de los ángeles, pan del cielo, medicina de inmortalidad (S. Ignacio de Ant. Eph 20,2), viático…

1332      – Santa Misa porque la liturgia en la que se realiza el misterio de salvación se termina con el envío de los fieles (missio)  a fin de que cumplan la voluntad de Dios en su vida cotidiana.

V             EL SACRIFICIO SACRAMENTAL: ACCION DE GRACIAS,

                MEMORIAL, PRESENCIA.

1356      Si los cristianos celebran la Eucaristía desde los orígenes, y de forma que, en su substancia, no ha cambiado a través de la gran diversidad de épocas y de liturgias, sucede porque sabemos que estamos sujetos al mandato del Señor, dado la víspera de su pasión: “haced esto en memoria mía” (1 Co 11,24-25).

1357      Cumplimos este mandato del Señor celebrando el memorial de su sacrificio. Al hacerlo,  ofrecemos al Padre lo que él mismo nos ha dado: los dones de su Creación, el pan y el vino, convertidos por el poder del Espíritu Santo y las palabras de Cristo, en el Cuerpo y la Sangre del mismo Cristo: Así Cristo se hace real y misteriosamente presente

1358      Por tanto, debemos considerar la Eucaristía

– como acción de gracias y alabanza al Padre

– como memorial del sacrificio de Cristo y de su Cuerpo,

– como presencia de Cristo por el poder de su Palabra y de su  Espíritu.

                La acción de gracias y la alabanza al Padre

1359      La Eucaristía, sacramento de nuestra salvación realizada por Cristo en la cruz, es también un sacrificio de alabanza en acción de gracias por la obra de la creación. En el sacrificio eucarístico, toda la creación amada por Dios es presentada al Padre a través de la muerte y resurrección de Cristo. Por Cristo, la Iglesia puede ofrecer el sacrificio de alabanza en acción de gracias por todo lo que Dios ha hecho de bueno, de bello y de justo en la creación y en la humanidad.

1360      La Eucaristía es un sacrificio de acción de gracias al Padre, una bendición por la cual la Iglesia expresa su reconocimiento a Dios por todos sus beneficios, por todo lo que ha realizado mediante la creación, la redención y la santificación. “Eucaristía” significa, ante todo, acción de gracias.

1361      La Eucaristía es también el sacrificio de alabanza por medio del cual la Iglesia canta la gloria de Dios en nombre de toda la creación. Este sacrificio de alabanza sólo es posible a través de Cristo: él une los fieles a su persona, a su alabanza y a su intercesión, de manera que el sacrificio de alabanza al Padre es ofrecido por  Cristo y con Cristo para ser aceptado en  él.

                El memorial sacrificial de Cristo y de su Cuerpo, que es la Iglesia

1362      La Eucaristía es el memorial de la Pascua de Cristo, la actualización y la ofrenda sacramental de su único sacrificio, en la liturgia de la Iglesia que es su Cuerpo. En todas las plegarias eucarísticas encontramos, tras las palabras de la institución, una oración llamada anámnesis o memorial.

1363      En el sentido empleado por la Sagrada Escritura, el memorial no es solamente el recuerdo de los acontecimientos del pasado, sino la proclamación de las maravillas que Dios ha realizado en favor de los hombres (cf Ex 13,3). En la celebración litúrgica, estos acontecimientos se hacen, en cierta forma, presentes y actuales. De esta manera Israel entiende su liberación de Egipto: cada vez que es celebrada la pascua, los acontecimientos del Exodo se hacen presentes a la memoria de los creyentes a fin de que conformen su vida a estos acontecimientos.

1364      El memorial recibe un sentido nuevo en el Nuevo Testamento. Cuando la Iglesia celebra la Eucaristía, hace memoria de la Pascua de Cristo y esta se hace presente: el sacrificio que Cristo ofreció de una vez para siempre en la cruz, permanece siempre actual (cf Hb 7,25-27): “Cuantas veces se renueva en el altar el sacrificio de la cruz, en el que Cristo, nuestra Pascua, fue inmolado, se realiza la obra de nuestra redención” (LG 3).   

1365      Por ser memorial de la Pascua de Cristo, la Eucaristía es también un sacrificio. El carácter sacrificial de la Eucaristía se manifiesta en las palabras mismas de la institución: “Esto es mi Cuerpo que será entregado por vosotros” y “Esta copa es la nueva Alianza en mi sangre, que será derramada por vosotros” (Lc 22,19-20). En la Eucaristía, Cristo da el mismo cuerpo que por nosotros entregó en la cruz, y la sangre misma que “derramó por muchos para remisión de los pecados” (Mt 26,28).

1366      La Eucaristía es, pues, un sacrificio porque representa (= hace presente) el sacrificio de la cruz, porque es su memorial y aplica  su fruto:

                (Cristo), nuestro Dios y Señor, se ofreció a Dios Padre una vez por todas, muriendo como intercesor sobre el altar de la cruz, a fin de realizar para ellos (los hombres) una redención eterna. Sin embargo, como su muerte no debía poner fin a su sacerdocio (Hb 7,24.27), en la última Cena, “la noche en que fue entregado” (1 Co 11,23), quiso dejar a la Iglesia, su esposa amada, un sacrificio visible (como lo reclama la naturaleza humana), donde sería representado el sacrificio sangriento que iba a realizarse una única vez en la cruz cuya memoria se perpetuaría hasta el fin de los siglos (1 Co 11,23) y cuya virtud saludable se aplicaría a la redención de los pecados que cometemos cada día (Cc. de Trento: DS 1740).

1367      El sacrificio de Cristo y el sacrificio de la Eucaristía son, pues, un único sacrificio: “Es una y la misma víctima, que se ofrece ahora por el ministerio de los sacerdotes, que se ofreció a si misma entonces sobre la cruz. Sólo difiere la manera de ofrecer”: (CONCILIUM TRIDENTINUM, Sess. 22a., Doctrina de ss. Missae sacrificio, c. 2: DS 1743) “Y puesto que en este divino sacrificio que se realiza en la Misa, se contiene e inmola incruentamente el mismo Cristo que en el altar de la cruz “se ofreció a sí mismo una vez de modo cruento”; …este sacrificio [es] verdaderamente propiciatorio” (Ibid).

1368      La Eucaristía es igualmente el sacrificio de la Iglesia. La Iglesia, que es el Cuerpo de Cristo, participa en la ofrenda de su Cabeza. Con él, ella se ofrece totalmente. Se une a su intercesión ante el Padre por todos los hombres. En la Eucaristía, el sacrificio de Cristo es también el sacrificio de los miembros de su Cuerpo. La vida de los fieles, su alabanza, su sufrimiento, su oración y su trabajo se unen a los de Cristo y a su total ofrenda, y adquieren así un valor nuevo. El sacrificio de Cristo, presente sobre el altar, da a todas alas generaciones de cristianos la posibilidad de unirse a su ofrenda.

                En las catacumbas, la Iglesia es con frecuencia representada como una mujer en oración, los brazos extendidos en actitud de orante. Como Cristo que extendió los brazos sobre la cruz, por él, con él y en él, la Iglesia se ofrece e intercede por todos los hombres.

1369      Toda la Iglesia se une a la ofrenda y a la intercesión de Cristo. Encargado del ministerio de Pedro en la Iglesia, el Papa es asociado a toda celebración de la Eucaristía en la que es nombrado como signo y servidor de la unidad de la Iglesia universal. El obispo del lugar es siempre responsable de la Eucaristía, incluso cuando es presidida por un presbítero; el nombre del obispo se pronuncia en ella para significar su presidencia de la Iglesia particular en medio del presbiterio y con la asistencia de los diáconos. La comunidad intercede también por todos los ministros que, por ella y con ella, ofrecen el sacrificio eucarístico:

                Que sólo sea considerada como legítima la eucaristía que se hace bajo la presidencia del obispo o de quien él ha señalado para ello (S. Ignacio de Antioquía, Smyrn. 8,1).

                Por medio del ministerio de los presbíteros, se realiza a la perfección el sacrificio espiritual de los fieles en unión con el sacrificio de Cristo, único Mediador. Este, en nombre de toda la Iglesia, por manos de los presbíteros, se ofrece incruenta y sacramentalmente en la Eucaristía, hasta que el Señor venga (PO 2).

1370      A la ofrenda de Cristo se unen no sólo los miembros que están todavía aquí abajo, sino también los que están ya en la gloria del cielo: La Iglesia ofrece el sacrificio eucarístico en comunión con la santísima Virgen María y haciendo memoria de ella así como de todos los santos y santas. En la Eucaristía, la Iglesia, con María, está como al pie de la cruz, unida a la ofrenda y a la intercesión de Cristo.

1371      El sacrificio eucarístico es también ofrecido por los fieles difuntos “que han muerto en Cristo y todavía no están plenamente purificados” (Cc. de Trento: DS 1743), para que puedan entrar en la luz y la paz de Cristo:

                Enterrad este cuerpo en cualquier parte; no os preocupe más su cuidado; solamente os ruego que, dondequiera que os hallareis, os acordéis de mi ante el altar del Señor (S. Mónica, antes de su muerte, a S. Agustín y  su hermano; Conf. 9,9,27).

                A continuación oramos (en la anáfora) por los santos padres y obispos difuntos, y en general por todos los que han muerto antes que nosotros, creyendo que será de gran provecho para las almas, en favor de las cuales es ofrecida la súplica, mientras se halla presente la santa y adorable víctima…Presentando a Dios nuestras súplicas por los que han muerto, aunque fuesen pecadores,… presentamos a Cristo inmolado por nuestros pecados, haciendo propicio para ellos y para nosotros al Dios amigo de los hombres (s. Cirilo de Jerusalén, Cateq. mist. 5, 9.10).

1372      S. Agustín ha resumido admirablemente esta doctrina que nos impulsa a una participación cada vez más completa en el sacrificio de nuestro Redentor que celebramos en la Eucaristía:

                Esta ciudad plenamente rescatada, es decir, la asamblea y la sociedad de los santos, es ofrecida a Dios como un sacrificio universal por el Sumo Sacerdote que, bajo la forma de esclavo, llegó a ofrecerse por nosotros en su pasión, para hacer de nosotros el cuerpo de una tan gran Cabeza…Tal es el sacrificio de los cristianos: “siendo muchos, no formamos más que un sólo cuerpo en Cristo” (Rm 12,5). Y este sacrificio, la Iglesia no cesa de reproducirlo en el Sacramento del altar bien conocido de los fieles, donde se muestra que en lo que ella ofrece se ofrece a sí misma (civ. 10,6).

Te comento que para ser sacerdote, se necesita una buena vida cristiana, Dios elige a quien él cree conveniente, si llevas una buena vida de Fe, si estás unido a tu Parroquia, si eres una persona de oración, si te decides a tener una experiencia busca en nuestra Arquidiócesis de Ibagué el Seminario Menor Parroquial San José, es una institución vocacional que prolonga la presencia de Cristo vivo que llama a muchos en el seguimiento del ministerio sacerdotal.

Contamos con varias personas que acompañan esa ilusión vocacional, Nuestro Arzobispo, Monseñor Flavio Calle Zapata. (teléfono. 313 886 2350)El Promotor Vocacional, Diácono: Álvaro Fabián Barreto Bonilla. Curia Arzobispal Calle 10 No. 2-58 Residencia: Seminario Mayor, María Inmaculada.  Calle 10 N. 1-73 Tel: 2632696    Palacio Episcopal: 2611680.  Móvil: 311 586 0278  También están los sacerdotes párrocos.  Anímate, pero te invito para que sepas qué es un sacerdote, cuál es la vida que Cristo le exige, a qué te vas a comprometer, ten la bondad de leer el artículo que sigue.  Felicidades.

LO DEJARON TODO Y SE FUERON CON JESÚS

Apuntes tomados del libro: Vivir con Cristo, Padre, Martín Weichs, SVD)

             “loco, incurablemente loco ¡Se puso tarado” fue el comentario de toda la ciudad, ante todo los compañeros de su edad. Antes, Francesco siempre se encontraba con ellos en las tabernas tomando vino, chisteando, riéndose y planeando malas jugadas. Era él quien cantaba las canciones de amor más ardorosas y frívolas y derrochaba la plata de su rico padre Pietro di Bernardone. Pero ahora corrió la noticia increíble de que ese Francesco en lugar de besar a las chicas besaba a los leprosos y los cuidaba; que había renunciado a su gorda herencia andando por las calles como el mendigo más pobre; que dijo que no quería poseer más nada para no ser poseído por las cosas; que renunció a las riquezas de este mundo para ser libre; que la verdadera alegría no viene de los bienes materiales, sino de la pobreza; que él quería predicar la Buena Noticia como Jesús lo había hecho. Pronto encontró compañeros que pensaron y querían vivir igual que él, entre ellos también Santa Clara con muchas otras jóvenes. Las burlas se callaron, y hoy lo llamamos a ese Francesco di Bemadone, San Francisco de Asís, fundador de la orden religiosa de los “frailes menores”.

                San Francisco cambió radicalmente su vida después de escuchar en una Misa las palabras del Evangelio, con las que Jesús envió a sus discípulos para proclamar la Buena Nueva

LA VIDA RELIGIOSA ES UNA RESPUESTA AL LLAMADO DEL SEÑOR

                También hoy Cristo llama a algunos cristianos  para que le sirvan más de cerca en la vida religiosa. Este llamamiento al estilo de vida que vivió el Señor, pobre, virgen, obediente, dedicado exclusivamente al Padre y a su Reino, se llama VOCACIÓN RELIGIOSA.

                Dios habla suavemente. Por eso, para descubrir si te llama también a ti, joven con inquietudes, será imprescindible acallar un poco los ruidos y ponerte a escuchar, a orar … y a consultar. ¡No has de esperar que te venga la voz de Dios

                El mundo de hoy está lleno de frío materialismo. La satisfacción de gustos, deseos y caprichos personales a cualquier costo, se erige en criterio último de moralidad. Reina el sexualismo y la violencia. Este mundo vaciado de auténtica alegría y sentido, reclama a hombres y mujeres que le devuelvan los verdaderos valores.

                Como sucedía a lo largo de toda la historia de la Iglesia, también hoy se unen cristianos en comunidades que son más sensibles a esta o aquella necesidad más apremiante en el mundo o en la misma Iglesia. Las órdenes y congregaciones religiosas y los institutos seculares responden a un grito de auxilio de parte de los hombres.

                Hay congregaciones religiosas muy distintas porque también las necesidades del ­ mundo y de la Iglesia son muy diversas. Las comunidades religiosas CONTEMPLATIVAS practican más la oración y una vida más intensa de penitencia. Los religiosos DE VIDA ACTIVA dedican su tiempo preferentemente a las obras de apostolado, sea a la enseñanza, a la juventud, a las misiones, etc. Con su entrega generosa los unos como los otros contribuyen grandemente para que crezca el Reino de Dios en el mundo

                LOS RELIGIOSOS SIGUEN EL EJEMPLO Y LOS CONSEJOS DE JESÚS

“Su consagración radical a Dios y por consiguiente al servicio de los hombres se expresa y se realiza por los consejos evangélicos, asumidos mediante VOTOS u otros vínculos sagrados” (Puebla N° 746) que los identifica de un modo especial con Jesús.

                Los votos se basan en tres consejos que da Jesús en el Evangelio. Por eso se llaman “consejos evangélicos”.

                Por el voto de POBREZA los religiosos se comprometen a vivir sin propiedad personal Vivir en la pobreza evangélica no quiere decir vivir en la miseria, sino: Lo necesario se posee en común. En la práctica, se vive normalmente esta situación así: Sin poseer nada propio, se forma parte de una comunidad a la que pertenecer: los bienes. De este modo cada miembro permanece desprendido de las cosas. Pero tampoco la comunidad debe pegarse a ellas. Esto supone una CONSTANTE SOBRIEDAD. Se usan las cosas en la medida en que se necesitan para el trabajo por los otros. Así lo hizo Jesús.

                El que nada posee como suyo, se encuentra en su casa en todas partes. San Francisco, quien renunció a todo, llamaba hermanos hermanas a todas las creaturas. Pedro dijo un si al Señor: “Nosotros lo hemos dejado todo para seguirte”, Jesús le aseguró: “Ninguno que ha dejado su casa, hermanos, hermanas, madre, padre, hijos o campos por amor a mí y la Buena Nueva quedará sin recompensa. Pues recibí cien veces más en la presente vida en casas, manos, hermanas, hijos y campos; esto no ante las persecuciones. y después recibirá vida eterna” (Mc 10,28-30).

Los religiosos renuncian por el voto de la CASTIDAD al matrimonio para poder  servir a todos

                El que emite voto de castidad no renuncia con eso a la amistad, tampoco con una persona del sexo opuesto. Jesús tuvo amistades femeninas, y también muchos santos las tuvieron. San Francisco y Santa Clara de Asís estaban unidos en una profunda y bella amistad  cristiana.

                Una vida sin matrimonio no es una vida sin amor. Al contrario, el amor es el único motivo para elegir esta vida y tal vida no es una vida sin cuerpo, netamente espiritual. Es cierto, el hombre no acaricia a una mujer, ni engendra a un hijo. La mujer no abraza a un hombre ni lleva a un hijo en su seno. Pero el cuerpo no está sólo des­ tinado a la unión sexual. Sirve también para practicar la bondad, decir la verdad, para servir de mil modos con amor a muchos y ser así fecundo. Los religiosos son padres y madres fecundos espiritualmente. “En efecto, hay hombres que nacieron castrados del seno de su madre, hay otros que lo fueron por los hombres, y hay quienes se castraron voluntariamente a causa del Reino de los Cielos” (Mt 19,12). Los que no se casan por amor al Reino de Dios tratan de estar siempre prontos, por la oración y el trabajo, para poder ser así fecundos de una manera que a menudo no será posible a los demás por las obligaciones que asumieron para con su familia u otros compromisos. Los religiosos, con la ayuda de Dios, quieren amar a todos sin darse enteramente a ninguno.

Por el voto de OBEDIENCIA

                Los religiosos buscan expresamente cumplir solamente la voluntad del Padre, como lo hizo Jesús. Por supuesto, todo buen cristiano busca cumplir la voluntad de Dios. Pero cuando se comenzó a vivir en comunidad se aprendió a ver en la dirección del Superior la manifestación muy concreta y directa de la voluntad de Dios.

                Con la obediencia al Superior no se renuncia  naturalmente a la propia conciencia. Tampoco se renuncia a la propia iniciativa ni a la critica constructiva. No se trata de una obediencia como en un cuartel, menos aún de una obediencia ciega. Se trata de una comunidad de hermanos que se deja guiar por el Espíritu bajo la dirección del Superior

                El Superior es el primero que tiene el deber de buscar la voluntad del Padre: vivir con Cristo.

LA VOCACIÓN SE MANIFIESTA EN LA JUVENTUD

Siempre eres llamado. Aunque no lo sepas, dentro tuyo hay una voz que te invita y delante de la cual te inclinas, que te obliga a pronunciar un sí o un no. Cuando dices “tal vez”, en realidad estás diciendo: ahora no. Después decidiré. Hubo un no, disimulado por un tal vez.

                La gran verdad de la vida es que ella vive diciendo “sí y no” y exige de nosotros una respuesta. De ahí que la felicidad es saber decir sí a la vida, aun cuando ella parezca estar diciendo no a nuestro interior. Cuando el mundo tiene necesidad de ti y no recibe una respuesta, comienza a ser cada día más atrevido hasta que tengas el coraje de decir: sí o no.

                Dios cuenta contigo desde el día de tu nacimiento y ya hace mucho tiempo que te está llamando. Si tú, muchacho o muchacha, aún no lo has percibido es porque no aprendiste a distinguir las señales de los tiempos. De ti dependen muchas cosas de hoy y de mañana. Es la historia de la semilla que no fue plantada hace veinte años y que hoy no es árbol ni millones de semillas, porque dijo no a la vida que le pidió que fuera hacia abajo de la tierra para que pudiera nacer de nuevo. (Padre, Zezinho)

                INSTITUTOS SECULARES

En lo que toca específicamente a los Institutos Seculares, es importante recordar que su carisma propio busca responder de modo directo al gran desafío que los actuales cambios culturales están planteando a la Iglesia: dar un paso hacia las formas de vida secularizadas que el mundo urbano-industrial exige, pero evitando que la secularidad se convierta en secularismo.

                El Espíritu ha suscitado en nuestro tiempo este nuevo modo de vida consagrada, que representan los Institutos Seculares, para ayudar de alguna manera, a través de ellos, a resolver la tensión entre apertura real a los valores del mundo moderno (auténtica secularidad cristiana) y la plena y profunda entrega de corazón a Dios (espíritu de consagración). Al situarse en pleno foco del conflicto, dichos institutos pueden significar un valioso aporte pastoral para el futuro y ayudar a abrir caminos nuevos de general validez para el Pueblo de Dios.

La confirmación es uno de los tres sacramentos de la iniciación cristiana en la Fe.  El Obispo, como representante principal de Jesucristo en la Diócesis, preside la ceremonia donde se administra este sacramento, en la cual el Espíritu Santo que ya habita en el corazón de los bautizados, se les infunde con mayor plenitud a fin de hacerles madurar y crecer como cristianos.

 “El Espíritu del Señor está sobre mí, porque el Señor me ha ungido. Me ha enviado para dar la Buena Noticia a los que sufren, para vendar los corazones desgarrados, para proclamar la amnistía a los cautivos …. Isaías 61, 1-3ª”

CATEQUESIS TEOLÓGICA SOBRE LA CONFIRMACIÓN

Mediante los sacramentos de la iniciación cristiana, el Bautismo, la Confirmación y la Eucaristía, se ponen los fundamentos de toda vida cristiana. “La participación en la naturaleza divina que los hombres reciben como don mediante la gracia de Cristo, tiene cierta analogía con el origen, el crecimiento y el sustento de la vida natural. En efecto, los fieles renacidos en el Bautismo se fortalecen con el sacramento de la Confirmación y finalmente, son alimentados en la Eucaristía con el manjar de la vida eterna, y, así por medio de estos sacramentos de la iniciación cristiana, reciben cada vez con más abundancia los tesoros de la vida divina y avanzan hacia la perfección de la caridad” (Pablo VI, Const. apost. “Divinae consortium naturae”

COMUNÍCATE CON EL SACERDOTE EN LA PARROQUIA DONDE DESEAS RECIBIR ESTE SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN.  HAZ CLICK AQUÍ:  http://www.arquidiocesisdeibague.org/la-arquidiocesis/parroquias  

 

EL SACRAMENTO DE LA CONFIRMACION

Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los “sacramentos de la iniciación cristiana”, cuya unidad debe ser salvaguardada. Es preciso, pues, explicar a los fieles que la recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la graciutismal (cf OCf, Praenotanda 1). En efecto, a los bautizados “el sacramento de la confirmación los une más íntimamente a la Iglesia y los los enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo. De esta forma se comprometen mucho más, como auténticos testigos de Cristo, a extender y defender la fe con sus palabras y sus obras”

LA CONFIRMACION EN LA ECONOMIA DE LA SALVACION

En el Antiguo Testamento, los profetas anunciaron que el Espíritu del Señor reposaría sobre el Mesías esperado (cf. Is 11,2) para realizar su misión salvífica (cf Lc 4,16–22; Is 61,1). El descenso del Espíritu Santo sobre Jesús en su Bautismo por Juan fue el signo de que él era el que debía venir, el Mesías, el Hijo de Dios (Mt 3,13–17; Jn 1,33–34). Habiendo sido concedido por obra del Espíritu Santo, toda su vida y toda su misión se realizan en una comunión total con el Espíritu Santo que el Padre le da “sin medida” (Jn 3,34).

Ahora bien, esta plenitud del Espíritu no debía permanecer únicamente en el Mesías, sino que debía ser comunicada a todo el pueblo mesiánico (cf Ez 36,25–27; Jl 3,1–2). En repetidas ocasiones Cristo prometió esta efusión del Espíritu (cf Lc 12,12; Jn 3,5–8; 7,37–39; 16,7–15; Hch 1,8), promesa que realizó primero el día de Pascua (Jn 20,22) y luego, de manera más manifiesta el día de Pentecostés (cf Hch 2,1–4). Llenos del Espíritu Santo, los Apóstoles comienzan a proclamar “las maravillas de Dios” (Hch 2,11) y Pedro declara que esta efusión del Espíritu es el signo de los tiempos mesiánicos (cf Hch 2, 17–18). Los que creyeron en la predicación apostólica y se hicieron bautizar, recibieron a su vez el don del Espíritu Santo (cf Hch 2,38).

“Desde aquel tiempo, los Apóstoles, en cumplimiento de la voluntad de Cristo, comunicaban a los neófitos, mediante la imposición de las manos, el don del Espíritu Santo, destinado a completar la gracia del Bautismo (cf Hch 8,15–17; 19,5–6). Esto explica por qué en la Carta a los Hebreos se recuerda, entre los primeros elementos de la formación cristiana, la doctrina del bautismo y de la la imposición de las manos (cf Hb 6,2). Es esta imposición de las manos la ha sido con toda razón considerada por la tradición católica como el primitivo origen del sacramento de la Confirmación, el cual perpetúa, en cierto modo, en la Iglesia, la gracia de Pentecostés” (Pablo VI, const. apost. “Divinae consortium naturae”).

Muy pronto, para mejor significar el don del Espíritu Santo, se añadió a la imposición de las manos una unción con óleo perfumado (crisma). Esta unción ilustra el nombre de “cristiano” que significa “ungido” y que tiene su origen en el nombre de Cristo, al que “Dios ungió con el Espíritu Santo” (Hch 10,38). Y este rito de la unción existe hasta nuestros días tanto en Oriente como en Occidente. Por eso en Oriente, se llama a este sacramento crismación, unción con el crisma, o myron, que significa “crisma”. En Occidente el nombre de Confirmación sugiere a la vez la “confirmación” del Bautismo, que completa la iniciación cristiana, y el robustecimiento de la gracia bautismal, frutos todos ellos del Espíritu Santo.

Dos tradiciones: Oriente y Occidente

En los primeros siglos la Confirmación constituye generalmente una única celebración con el Bautismo, y forma con éste, según la expresión de S. Cipriano, un “sacramento doble. Entre otras razones, la multiplicación de los bautismos de niños, durante todo el tiempo del año, y la multiplicación de las parroquias (rurales), que agrandaron las diócesis, ya no permite la presencia del obispo en todas las celebraciones bautismales. En Occidente, por el deseo de reservar al obispo el acto de conferir la plenitud al Bautismo, se establece la separación temporal de ambos sacramentos. El Oriente ha conservado unidos los dos sacramentos, de modo que la Confirmación es dada por el presbítero que bautiza. Este, sin embargo, sólo puede hacerlo con el “myron” consagrado por un obispo (cf CCEO, can. 695,1; 696,1).

Una costumbre de la Iglesia de Roma facilitó el desarrollo de la práctica occidental; había una doble unción con el santo crisma después del Bautismo: realizada ya una por el presbítero al neófito al salir del baño bautismal, es completada por una segunda unción hecha por el obispo en la frente de cada uno de los recién bautizados (véase S. Hipólito de Roma, Trad. Ap. 21). La primera unción con el santo crisma, la que daba el sacerdote, quedó unida al rito bautismal; significa la participación del bautizado en las funciones profética, sacerdotal y real de Cristo. Si el Bautismo es conferido a un adulto, sólo hay una unción postbautismal: la de la Confirmación.

La práctica de las Iglesias de Oriente destaca más la unidad de la iniciación cristiana. La de la Iglesia latina expresa más netamente la comunión del nuevo cristiano con su obispo, garante y servidor de la unidad de su Iglesia, de su catolicidad y su apostolicidad, y por ello, el vínculo con los orígenes apostólicos de la Iglesia de Cristo.

LOS SIGNOS Y EL RITO DE LA CONFIRMACION

 En el rito de este sacramento conviene considerar el signo de la unción y lo que la unción designa e imprime: el sello espiritual.

La unción, en el simbolismo bíblico y antiguo, posee numerosas significaciones: el aceite es signo de abundancia (cf Dt 11,14, etc.) y de alegría (cf Sal 23,5; 104,15); purifica (unción antes y después del baño) y da agilidad (la unción de los atletas y de los luchadores); es signo de curación, pues suaviza las contusiones y las heridas (cf Is 1,6; Lc 10,34) y el ungido irradia belleza, santidad y fuerza.

Todas estas significaciones de la unción con aceite se encuentran en la vida sacramental. La unción antes del Bautismo con el óleo de los catecúmenos significa purificación y fortaleza; la unción de los enfermos expresa curación y el consuelo. La unción del santo crisma después del Bautismo, en la Confirmación y en la Ordenación, es el signo de una consagración. Por la Confirmación, los cristianos, es decir, los que son ungidos, participan más plenamente en la misión de Jesucristo y en la plenitud del Espíritu Santo que éste posee, a fin de que toda su vida desprenda “el buen olor de Cristo” (cf 2 Co 2,15).

Por medio de esta unción, el confirmando recibe “la marca”, el sello del Espíritu Santo. El sello es el símbolo de la persona (cf Gn 38,18; Ct 8,9), signo de su autoridad (cf Gn 41,42), de su propiedad sobre un objeto (cf. Dt 32,34) –por eso se marcaba a los soldados con el sello de su jefe y a los esclavos con el de su señor–; autentifica un acto jurídico (cf 1 R 21,8) o un documento (cf Jr 32,10) y lo hace, si es preciso, secreto (cf Is 29,11).

Cristo mismo se declara marcado con el sello de su Padre (cf Jn 6,27). El cristiano también está marcado con un sello: “Y es Dios el que nos conforta juntamente con vosotros en Cristo y el que nos ungió, y el que nos marcó con su sello y nos dio en arras el Espíritu en nuestros corazones” (2 Co 1,22; cf Ef 1,13; 4,30). Este sello del Espíritu Santo, marca la pertenencia total a Cristo, la puesta a su servicio para siempre, pero indica también la promesa de la protección divina en la gran prueba escatológica (cf Ap 7,2–3; 9,4; Ez 9,4–6)

Los padrinos del bautismo en el derecho canónico

Derecho sacramental – El sacramento del bautismo 

 Fruto de la larga experiencia de la Iglesia Católica, el Código de Derecho Canónico ha establecido la conveniencia de que quien vaya a ser bautizado reciba un padrino. El padrino cumple funciones de apoyo y ayuda al nuevo cristiano, que el derecho canónico establece oportunamente. Así lo indica el canon 872:   Autor:  Pedro María Reyes Vizcaíno  

                Canon 872: En la medida de lo posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino, cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se bautiza, y, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.

El pastor de almas, y los padres y el mismo neófito, no deben olvidar que -sin menoscabo de la importancia de los padrinos- no se trata de una figura esencial para el sacramento del bautismo. De hecho, como se verá más abajo, es posible celebrar bautizos sin que haya padrinos.

En ocasiones se ha resumido la función del padrino como la del sustituto del padre. Como se ha visto, el Código de Derecho Canónico prefiere enumerar sus funciones. Y lo hace estableciendo para el padrino distintas funciones, dependiendo de si quien se bautiza es niño o es adulto. Es posible comparar estas funciones con las del padre, pero desde luego -a la vista del canon 872- parece una simplificación reducir estas funciones a la actuación del padrino si eventualmente faltaran los padres. Quien asume el encargo de padrino en un bautizo asume unas obligaciones graves con su ahijado, que deben empezar a desplegarse desde el primer momento, no en el momento en que faltaran los padres si esto sucediera.

El derecho canónico instituye al padrino en guía del nuevo bautizado, pretende que sea en cierto modo su modelo de vida cristiana. El padrino ha de velar por el crecimiento espiritual del recién bautizado -niño o adulto-, acompañarle en sus primeros pasos en la fe, que aprenda, como de su mano, los fundamentos doctrinales y morales de la fe cristiana. Ya se ve que estas funciones son tan graves que en absoluto se pueden considerar de suplencia de los padres, en el caso de los niños que se bautizan: más bien se complementan con las funciones de los padres, por supuesto sin sustituirles.

Muchas veces el padrino del niño recibe posteriormente el encargo de ser padrino de la confirmación. El canon 893 § 2 lo recomienda. Desde luego -no siendo obligatorio- en esta recomendación va implícita la concepción del padrino como guía del fiel cristiano.

Si se trata del padrino de quien recibe el bautismo a la edad del adulto, sus funciones son la asistencia a la iniciación cristiana. Para el bautizando adulto, como se sabe, se constituye el periodo de catecumenado. El padrino no es necesariamente quien se encarga de la formación catequética previa del adulto que desea bautizarse. Puede ser conveniente que el catecúmeno escoja como padrino a quien le está preparando en su formación cristiana, pero el Código no parece que pretenda establecer una obligación al respecto, ni siquiera una regla general. El padrino se instituye en el momento del bautismo, no en el catecumenado, y las obligaciones del padrino nacen en ese momento, no antes.

La iniciación cristiana de que habla el canon 872 se debe referir, por lo tanto, a la iniciación cristiana posterior al bautismo. Como es sabido, por regla general el neófito adulto recibe en la misma ceremonia los sacramentos de iniciación cristiana. La iniciación cristiana a la que debe asistir el padrino se refiere, por lo tanto, a la iniciación en su vida de cristiano, no a los sacramentos de la confirmación y de la eucaristía, puesto que normalmente ya los ha recibido en el momento en que el padrino comienza a ejercer sus funciones

En cuanto al padrino de un niño, sus funciones son las de presentar al niño que va a recibir el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo. La presentación del niño se refiere no sólo a la ceremonia litúrgica prevista en el ritual del bautismo solemne de un niño, en el que los padres y los padrinos presentan al niño. Más bien esa ceremonia alude a una realidad previa, y es que son los padres y los padrinos quienes presentan a la Iglesia al niño para que sea recibido. La ceremonia indicada lo que pretende es reflejar esta realidad previa.

Las funciones de procurar que lleven una vida cristiana y ayudar al niño a cumplir los compromisos del bautismo, como se ve, se prolongan indefinidamente. Son obligaciones graves, y se debe ayudar a quienes vayan a aceptar el encargo de ser padrino a que lo hagan con plena conciencia de la responsabilidad que asumen ante Dios y ante el niño. Ciertamente no se responsabilizan del crecimiento espiritual del niño -que corresponde a los padres- pero han de procurar cumplir diligentemente sus funciones, ayudando a los padres y siendo, como venimos diciendo, guía y modelo del niño en las diversas etapas de su crecimiento y maduración.

Es posible bautizar a una persona sin designarle padrino: el canon 872 así lo prevé. Pero parece que -salvo en los casos de bautismos de urgencia por peligro de muerte- habitualmente siempre será posible designar un padrino al bautizando. Desde luego, en caso de urgencia, se debe bautizar a la persona aunque no se encuentre alguien que pueda ser designado como padrino, puesto que prima el derecho de la persona a recibir el sacramento que abre las puertas del cielo, sobre la norma eclesiástica de designar padrinos. En estos casos, si el neófito sale del peligro de muerte está previsto que se completen las ceremonias: y entre ellas se debe contemplar la designación de padrinos.

Requisitos para ser padrino

El canon 873 exige que haya un padrino, o una madrina, o un padrino y una madrina:

Canon 873: Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una.

Por su parte, el canon 874 establece los requisitos para ser admitido como padrino:

Canon 874 § 1: Para que alguien sea admitido como padrino, es necesario que:

1º. haya sido elegido por quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para esta misión e intención de desempeñarla;

2º. haya cumplido dieciséis años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una excepción;

3º. sea católico, esté confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir;

4º. no esté afectado por una pena canónica, legítimamente impuesta o declarada;

5º. no sea el padre o la madre de quien se ha de bautizar.

§ 2: El bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica sólo puede ser admitido junto con un padrino católico, y exclusivamente en calidad de testigo del bautismo.

Habrá de ser el ministro ordinario del bautismo o el párroco quien juzgue si se cumplen los requisitos del canon 874. Los requisitos son todos objetivos, aunque se debe realizar una estimación personal del 3º, y también del 2 º en cuanto a la posibilidad de establecer una excepción.

LOS MISTERIOS DE LA VIDA PUBLICA DE JESUS

                El Bautismo de Jesús.  Catecismo de la Iglesia Católica

535         El comienzo (cf. Lc 3, 23) de la vida pública de Jesús es su bautismo por Juan en el Jordán (cf. Hch 1, 22). Juan proclamaba “un bautismo de conversión para el perdón de los pecados” (Lc 3, 3). Una multitud de pecadores, publicanos y soldados (cf. Lc 3, 10-14), fariseos y saduceos (cf. Mt 3, 7) y prostitutas (cf. Mt 21, 32) viene a hacerse bautizar por él. “Entonces aparece Jesús”. El Bautista duda. Jesús insiste y recibe el bautismo. Entonces el Espíritu Santo, en forma de paloma, viene sobre Jesús, y la voz del cielo proclama que él es “mi Hijo amado” (Mt 3, 13-17). Es la manifestación (“Epifanía”) de Jesús como Mesías de Israel e Hijo de Dios.

536         El bautismo de Jesús es, por su parte, la aceptación y la inauguración de su misión de Siervo doliente. Se  deja contar entre los pecadores (cf. Is 53, 12); es ya “el Cordero de Dios que quita el pecado del mundo” (Jn 1, 29); anticipa ya el “bautismo” de su muerte sangrienta (cf Mc 10, 38; Lc 12, 50). Viene ya a “cumplir toda justicia” (Mt 3, 15), es decir, se somete enteramente a la voluntad de su Padre: por amor acepta el bautismo de muerte para la remisión de nuestros pecados (cf. Mt 26, 39). A esta aceptación responde la voz del Padre que pone toda su complacencia en su Hijo (cf. Lc 3, 22; Is 42, 1). El Espíritu que Jesús posee en plenitud desde su concepción viene a “posarse” sobre él (Jn 1, 32-33; cf. Is 11, 2). De él manará este Espíritu para toda la humanidad. En su bautismo, “se abrieron los cielos” (Mt 3, 16) que el pecado de Adán había cerrado; y las aguas fueron santificadas por el descenso de Jesús y del Espíritu como preludio de la nueva creación.

 537        Por el bautismo, el cristiano se asimila sacramentalmente a Jesús que anticipa en su bautismo su muerte y su resurrección: debe entrar en este misterio de rebajamiento humilde y de arrepentimiento, descender al agua con Jesús, para subir con él, renacer del agua y del Espíritu para convertirse, en el Hijo, en hijo amado del Padre y “vivir una vida nueva” (Rm 6, 4):

                Enterrémonos con Cristo por el Bautismo, para resucitar con él; descendamos con él para ser ascendidos con él; ascendamos con él para ser glorificados con él (S. Gregorio Nacianc. Or. 40, 9).

                Todo lo que aconteció en Cristo nos enseña que después del baño de agua, el Espíritu Santo desciende sobre nosotros desde lo alto del cielo y que, adoptados por la Voz del Padre, llegamos a ser hijos de Dios. (S. Hilario, Mat 2).

Cuando se habla de anular, significa hacer que aquello que tenía existencia legítima, deje de tenerla.. O sea que un matrimonio que inicialmente fue válido pasa a ser algo sin valor jurídico. “Declarar nulo”. Debemos entender al contrario: Anular, es el acto mediante el cual la autoridad competente realiza una declaración en la que afirma que un acto jurídico, nunca tuvo valor, a pesar de las apariencias. La Iglesia se niega a “Anular” matrimonios, pero admite cuando ello es necesario, que algunos matrimonios sean declarados “Nulos”. En realidad fue que nunca existió.

AÑO 2017

Qué no es la nulidad:   No es un divorcio eclesiástico. No es algo para ricos o famosos. No es un artificio para resolver fracasos matrimoniales. No es un proceso para enfrentar a los esposos. No es una declaración de culpabilidad. No es causa de perjuicios innecesarios a los hijos

Qué es la nulidad matrimonial

Una declaración sobre la validez del matrimonio. Un derecho de los fieles, el de conocer si están o no verdaderamente casados. Un modo de regularizar la situación de los fieles en la Iglesia. Un servicio de la Iglesia a la dignidad del Matrimonio. Un medio para conocer si un matrimonio se constituyó verdaderamente.  Un instrumento de paz para los Fieles

                Y entonces, cómo puede resultar nulo un matrimonio? De acuerdo al Canon 1058 del código de derecho, la Iglesia coloca condiciones para la celebración válida del matrimonio; lo contrario a esta definición provoca que el matrimonio sea declarado “Nulo”.

El Tribunal eclesiástico metropolitano de la Arquidiócesis de Ibagué, está ubicado en la calle 10 N. 1-111, Teléfono Fax. (098) 2610495. Móvil: 310 774 5129   Correo Electrónico:  tribunalibague@gmail.com   El Presidente del tribunal es el Reverendo Padre, Arnulfo Pinilla Gaviria.  Vicario Judicial

El tribunal cuenta con 12 abogados eclesiásticos, entre ellos jueces, y oficiales, defensor del Vínculo, Notario eclesiástico, promotor de justicia; un perito en psiciología, Padre, Hugo Yesid Barragán.  Un Asesor matrimonial, Padre, Félix María García Angarita.  Un Juez Instructor.  Padre, Jairo Yate Ramírez.

ANOTACION:   Las pautas que se deben responder por escrito, deben hacerse de una forma concreta, veraz, tal como sucedió el acontecimiento,  no se debe limitar a responder SI o  NO.

                Una demanda de nulidad se presenta al tribunal en último término, cuando la reconciliación de la pareja es imposible; teniendo en cuenta que se haya tomado las delicadezas del caso, que la pareja haya acudido a una asesoría matrimonial, que no se utilice este medio para solucionar problemas de tipo personal que no tienen que ver con la jurisprudencia del sacramento ni mucho menos afectan el vínculo. El abogado con base en estos datos elaborará la demanda.

                Posteriormente se dialoga sobre los términos de la misma y cancelado los honorarios al abogado, se procede a presentarla al tribunal Diocesano.

                El proceso judicial es una concatenación ordenada de actos que se suceden según unas reglas precisas que establecen sus fases y pasos. Rige el principio de preclusión, según el cual solo cuando una fase concluye puede empezar la siguiente sin que se pueda volver atrás.

INFORMACIÓN PARA UNA DEMANDA DE NULIDAD MATRIMONIAL

I. DATOS PERSONALES.

1. Nombre y apellidos: 

2. Identificaciones: 

3. Residencia: 

4. Teléfonos. 

Nota. Los mismos datos de la otra persona.  

II. NFORMACIÓN SOBRE LAS FAMILIAS: 

Sobre los padres, clase de matrimonio, religión, ambiente familia, hermanos, lugar que ocupan, ocupación delos padres, formación recibida, problemas familiares, (enfermedades, físicas y mentales, divorcios, separación alcoholismo),  Lo mismos datos de la otra pareja.  

III. EL NOVIAZGO. 

1. Edad cuando se conocieron. 

2. Como se conocieron. 

3. Cuanto duró el noviazgo. 

4. Hubo algún problema durante el noviazgo? 

5. Tuvieron relaciones durante el noviazgo? 

6. Como eran las relaciones con los padres y familiares del novio o novia. 

7. Que profesión tenía cada uno. En que trabajaban. 

8. Como describe su  personalidad y la del otro, su carácter, su manera de ser o actuar 

9. Cómo y por qué decidieron casarse por la iglesia?  

IV. MATRIMONIO. 

1. Lugar y fecha del matrimonio. 

2. Edad cuando se casaron. 

3. Profesión u oficio de cada uno. 

4. Ya había existido convivencia prematrimonial. y por cuánto tiempo? 

5. Hubo alguna presión psicológica para el matrimonio, por parte de la familia, por presión social, por un embarazo. 

6. Las familias estaban de acuerdo o en desacuerdo con el matrimonio y por qué? 

7. Hicieron el curso prematrimonial? 

8. Estaban conscientes de las obligaciones y deberes que conlleva el matrimonio. 

9. Llegaron al matrimonio con plena libertad? 

10. Hubo algún comportamiento extraño, antes, durante y después de la celebración del matrimonio? 

11. Alguno de los dos expresó de alguna manera el no estar dispuestos a contraer matrimonio y lo comentaron con alguien. 

12. Qué cualidades o defectos encontró en la otra persona y que no se habían manifestado durante el noviazgo. Hubo un cambio de actitud o de comportamiento? 

13. Alguno de los dos puso alguna condición para llegar al matrimonio. (Exclusión de hijos) 

14. Alguno de los dos se casó por la iglesia sin la convicción de que fuera un sacramento sino por satisfacer las exigencias de la familia? 

15. Alguno de los dos tenía problemas de orden psicológico, o afectivo, alcoholismo, drogadicción, que no se hubieran manifestado durante el noviazgo. 

16. Como fue la celebración después del matrimonio y hubo durante esta alguna cosa extraña. 

17. Asistieron las familias de los dos? 

18. Quien asumió los gastos de la celebración. 

19. Salieron después a la luna de miel. Hubo algún obstáculo?  

V. CONVIVENCIA. 

1. Cuanto tiempo duro la convivencia? 

2. Si hubo consumación del acto matrimonial? 

3. Hubo separaciones temporales? 

4. Donde se establecieron después del matrimonio? 

5. Las relaciones eran normales?. 

6. Como empezaron las dificultades en la relación? 

7. Como era la responsabilidad en la vida familiar, asumieron los compromisos económicos, como era el trato con los hijos? 

8. El trato entre ustedes era acogedor, dialogaban cuando había inconvenientes, o al contrario era impulsivo, inestable, colérico, agitado, grosero. 

9. Hubo algún maltrato verbal o físico? 

10. Que los llevó definitivamente a la separación? 

11. Lo dialogaron, cuando tomaron la decisión? 

12. Acudieron a alguna persona para pedir asesoría? 

13. Después de la separación como siguió siendo el trato o hubo ruptura definitiva? 

14. Ve usted imposible que se logre una reconciliación y nueva convivencia?  

VI. PETICIÓN. 

1. Por qué razones está solicitando la nulidad de su matrimonio? 

2. Ya alguno o los dos han establecido nuevas convivencia  con otro? 

3. Cuál es la causal que se aduce para solicitar la nulidad del matrimonio? 

4. Ya hicieron las diligencias de orden civil para solicitar la cesación de efectos civiles del matrimonio canónico y la separación legal de bienes?  

VII. ANEXOS. 

1. Partida de bautismo de los conyugues y los hijos. 

2. Partida de matrimonio. 

3. Registro civil del matrimonio, y de los hijos. 

4. Pruebas documentales que crea convenientes para corroborar algunas de las afirmaciones. 

 5. Referencias médicas o psicológicas 

6. Nombres de los testigos, direcciones y teléfonos o correos, donde se puedan notificar.  En lo posible dos por la parte actora y dos por la parte convenida. Ojala que las conozcan antes del matrimonio o que puedan dar fe de los que se está afirmando. 

VIII. PASOS DEL PROCESO. 

1. Elaboración de la demanda. 

2. Presentación de la demanda ante el tribunal. 

3. Instrucción de la causa. 

4. Estudio y concepto del defensor del vínculo. 

5. Estudio y decisión de los jueces del tribunal. 

6. Elaboración de la sentencia. 

7. Decreto ejecutorio y notificación de la sentencia a las partes.

COSTAS  JUDICIALES

Un salario mínimo para la introducción de la causa (Al Tribunal), otro salario mínimos al terminar el proceso

ATENCIÓN AL PÚBLICO

Horario de Atención del Juez:      Lunes Martes  Miércoles, Viernes.       9 am – 12:00

Horario de Atención del Abogado:   Lunes Martes  Miércoles, Viernes.      9:00 am –                                                                                                                           12:00   3 pm  – 5 pm

QUÉ DEBEMOS SABER ACERCA DE LA NULIDAD MATRIMONIAL?

                LO PRIMERO    : El matrimonio lo constituye el consentimiento matrimonial legítimamente manifestado. El consentimiento es un acto de voluntad: “El matrimonio lo produce el consentimiento de las partes legítimamente manifestado entre personas jurídicamente hábiles, consentimiento que ningún poder humano puede suplir” “El consentimiento es el acto de la voluntad por el cual el varón y la mujer se entregan y aceptan mutuamente en alianza irrevocable para constituir el matrimonio.” (CIC 1057)

                Según el Código de Derecho Canónico, para que un matrimonio sea válido, los contrayentes han de reunir una serie de requisitos básicos, entre los que se encuentran demostrar la «madurez suficiente para responsabilizarse de un asunto tan importante como es el matrimonio y la familia; suficiente discreción de juicio para saber a qué se compromete; libertad externa e interna para decidir por su propia cuenta y prestar el consentimiento sin que nada ni nadie le obligue; suficiente capacidad para asumir las obligaciones esenciales; no excluir el sacramento, o los hijos, o la fidelidad».

                LO SEGUNDO: Un matrimonio ratificado y consumado, sólo puede ser disuelto por la muerte: nunca puede ser anulado. La Iglesia católica reafirma su doctrina sobre la indisolubilidad matrimonial: “El don del sacramento es al mismo tiempo, vocación y deber de los esposos cristianos para que permanezcan fieles el uno al otro para siempre” Lo que Dios ha unido, que no lo separe la mano del hombre (Mateo 19,6) (Juan Pablo II. Familiaris Consortio.20)

                LO TERCERO: Cuando se habla de anular, significa hacer que aquello que tenía existencia legítima, deje de tenerla.. O sea que un matrimonio que inicialmente fue válido pasa a ser algo sin valor jurídico. “Declarar nulo”. Debemos entender al contrario: Anular, es el acto mediante el cual la autoridad competente realiza una declaración en la que afirma que un acto jurídico, nunca tuvo valor, a pesar de las apariencias. La Iglesia se niega a “Anular” matrimonios, pero admite cuando ello es necesario, que algunos matrimonios sean declarados “Nulos”. En realidad fue que nunca existió.

                LO CUARTO:         Y entonces, cómo puede resultar nulo un matrimonio? De acuerdo al Canon 1058 del código de derecho, la Iglesia coloca condiciones para la celebración válida del matrimonio; lo contrario a esta definición provoca que el matrimonio sea declarado “Nulo”.

Nulidades derivadas de impedimentos:

                Impedimentos que nacen de circunstancias personales: de edad (16 años para el varón y 14 para la mujer): c. 1083; de impotencia antecedente y perpetua: c. 1084

Impedimentos que nacen de causas jurídicas: de vínculo o ligamen: c. 1085; de disparidad de cultos: c. 1086; de orden sagrado: c. 1087; de voto público y perpetuo de castidad en un instituto religioso: c. 1088

                Impedimentos que nacen de delitos: de rapto: c. 1089; de crimen: c. 1090.

Impedimentos de parentesco: de consanguinidad: c. 1091; de afinidad: c. 1092; de pública honestidad: c. 1093; de parentesco legal: c. 1094

                Nulidades por vicio de consentimiento: por carecer de uso de razón: canon 1095, 1º; por grave defecto de discreción de juicio: canon 1095, 2º;  por incapacidad de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica (incapacitas assumendi): canon 1095, 3º; Ignorancia de las propiedades esenciales del matrimonio: canon 1096. Error acerca de la persona: canon 1097 § 1; Error acerca de una cualidad de la persona directa y principalmente pretendida (error redundans): canon 1097 § 2 ; Dolo provocado para obtener el consentimiento: canon 1098. Error determinante acerca de la unidad, de la indisolubilidad o de la dignidad sacramental del matrimonio (error determinans): canon 1099.

Simulación total del matrimonio o exclusión de una propiedad esencial: canon 1101; Nulidad por atentar matrimonio bajo condición de futuro (canon 1102 § 1) o bajo condición de pasado o de presente que no se verifica (canon 1102 § 2).; Matrimonio contraído por violencia o por miedo grave: canon 1103.

                Nulidades por defecto de forma: Matrimonio nulo por celebrarse sin la asistencia del ordinario del lugar o párroco, o sin su delegación: canon 1108; Matrimonio por procurador nulo por vicio del mandato: canon 1105.

LO QUINTO                      Puedo presentar mi solicitud para que el caso de mi matrimonio sea estudiado y me digan si fue “Nulo”?  Si lo puede hacer.  Puede escoger entre el tribunal correspondiente al lugar de la celebración de su matrimonio o el sitio en el que actualmente reside su marido o su mujer. Debe dialogar con el abogado del tribunal eclesiástico para que él le indique la forma de redactar la demanda (debe presentarla por escrito). Una vez recibida la demanda el tribunal nombra los tres jueces que van a juzgar el caso. Posteriormente el Tribunal propone la aceptación de la demanda “Libelo”, y su correspondiente citación a las partes (esto no significa que usted se va a enfrentar cara a cara con la otra persona, ni tampoco que el matrimonio ya ha sido declarado “Nulo”; se trata de un paso previo. El siguiente paso es la Instrucción, la discusión, la decisión final o sentencia.

“En ocasiones se ha querido encontrar contraposición entre evangelización y administración, entendida, esta únicamente como el manejo de bienes materiales. Tal confrontación se encuentra en la misma línea de los pretendidos dilemas : “carisma o estructura”, “gracia o efectividad humana”, “impulso del Espíritu u organización humana”.

                Sin embargo, en la realidad lo uno va con lo otro y por ello no hay verdadero dilema: la estructura no se opone al carisma ni el carisma sustituye a la estructura. La gracia se encarna en unas realidades humanas para poder llevar a la parroquia a la consecución de su propio fin: el advenimiento del Reino de Dios.  Se debe afirmar, entonces, que si la tarea prioritaria y fundamental de la parroquia es la evangelización, la administración está a su servicio y le sirve de apoyo.  La administración está al servicio de la Evangelización” Pbro. Antonio Cifuentes Rojas. 

DECRETO N. 287   ENERO  15 DEL  2018

FLAVIO CALLE ZAPATA ARZOBISPO DE IBAGUE

En el ejercicio de su jurisdicción Episcopal, teniendo en cuenta:   Que los fieles católicos deben colaborar mediante sus ofrendas y las contribuciones dadas con ocasión de los diversos servicios eclesiásticos al sostenimiento del culto divino y de sus ministros, a las diversas obras de caridad y de apostolado emprendidas por la Iglesia, así como la formación de los futuros sacerdotes, de acuerdos a los cánones del Código de Derecho Canónico para la Iglesia Latina  (Cfr.  CIC.  222,1    264,1   848    946    1260   y  1261,2  DECRETA:  Artículo Primero, a Partir del día primero de Febrero del año 2017 entran en vigencia en la Arquidiócesis de Ibagué Colombia, las siguientes tasas arancelarias.

– Celebración de la Eucaristía

Con fecha fija        $ 35.000

Gregorianas           $ 1000.000

Nota:  Las misas comunitarias sólo se pueden celebrar hasta dos veces por semana. 
 

– Celebración de los Sacramentos

Bautismos

$25.000

Confirmaciones

$20.000

Matrimonios

$140.000

Matrimonios en hora extra

$180.000

Informaciones Prematrimoniales

$ 80.000

Licencia para Matrimonios o Exequias en otra Parroquia

$ 28.000

NOTA:  Cuando se presenta el caso de una pareja que desea contraer matrimonio en otra Parroquia diferente al lugar de su residencia, el párroco debe tomar las declaraciones del Expediente matrimonial en su parroquia, esto tiene un costo de $ 50.000, eso incluye las informaciones y la licencia territorial. No se debe cobrar los $ 20.000 pues ya están incluidos en el expediente.   La pareja debe reclamar su acta matrimonial en la Parroquia donde se celebró el matrimonio y no donde se recibieron las informaciones matrimoniales.   En el caso de las exequias, la licencia si es de $ 20.000

NOVENARIOS A LAS ALMAS (Rosario y Novena)       $ 70.000

– Celebración de Exequias

Exequias con misa

$140.000

Exequias sin misa

$90.000

Licencia Exequias en otra Parroquia$ 28.000


– Derechos de oficina

Expedición de partidas o certificados

$14.000

Peticiones de partidas a otras parroquias

$40.000


– Diligencias en la Curia

Autenticación de firmas

$10.000

Dispensa de impedimentos de matrimonio

$45.000

Decreto de inscripción de corrección de partidas

$40.000

Licencia para exhumación de restos

$40.000

Certificaciones expedidas por el Tribunal

$20.000

 

NOTA:  Los Juicios de Nulidad Matrimonial, que se tramitan a través del Tribunal Eclesiástico Diocesano, su costo económico como proceso de Nulidad, se diligencia directamente con el Tribunal ( Padre, Arnulfo Pinilla Gaviria,  Vicario Judicial), Calle 10 N. 1-111. Teléfono: 261 0495 Móvil: 310 774 5129. los precios de los procesos serán dados por el Coetus, o grupo de Obispos que pertenecen a la Provincia Eclesiástica.  El costo son  dos salarios mínimos aproximadamente. Salario Vigente en Colombia. 

FDO.   FLAVIO CALLE ZAPATA  ( Arzobispo)                Pbro. Hernán Gallo Gallo.   Canciller.

En la Arquidiócesis de Ibagué, para favorecer la organización y el buen desarrollo de los cursillos prematrimoniales se han dispuesto cinco centros pastorales en los que se adelanta dicha preparación para el Sacramento.

La alianza matrimonial por que un hombre y una mujer constituyen una íntima comunidad de vida y de amor, fue fundada y dotada de sus leyes propias por el Creador.  Por su naturaleza está ordenada al bien de los cónyuges, así como a la generación y educación de los Hijos.

            La Sagrada Escritura trae consigo tres lecturas (Génesis 2, 18-24.  Salmo 127.     Hebreos 2, 9-11      MARCOS 10, 2-16)  que nos permiten reflexionar sobre este tema tan importante para la sociedad actual, EL MATRIMONIO, tan definitivo para la vida de un hombre o de una mujer.  Me parece oportuno definir el matrimonio como un sacramento para poder pensar en todas las consecuencias que ello contrae.  La Iglesia católica ha tenido el cuidado con la vida y santidad de sus creyentes. No ha descuidado en ningún momento la diligencia y la preparación de hombres y mujeres para este compromiso que se firma para toda la vida.  Así pues, el mismo código de derecho canónico define así el matrimonio: “La alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor, a la dignidad de sacramento entre bautizados” (CIC.1055,1) El Catecismo de nuestra Iglesia católica, se detiene en este paso tan importante en la vida, explica el matrimonio dentro del plan de Dios, en el orden de la creación, en el marco de una ley, el matrimonio como una gracia, el matrimonio como unidad e indisolubilidad, la fidelidad como un momento definitivo en la convivencia conyugal, el matrimonio abierto a la vida.

PROGRAMACIÓN PARA EL AÑO  2017   

CURSOS. TALLER DE PREPARACIÓN PARA MATRIMONIO

VALOR DE INSCRIPCIÓN POR PAREJA  $ 60.000

– Curia Arzobispal (Teléfono. 2611680 y 2611751)
Parroquia Catedral. Inmaculada Concepción de María. Calle 10 N. 2-58 Ibagué. Colombia.  Párroco:  Monseñor, Gustavo Vásquez Montoya.  

Febrero

   11

 MARZO

    11

ABRIL

     8

 MAYO

     13 –

JUNIO

     10

 JULIO

      8

AGOSTO

      12

 SEPTIEMBRE

       9

OCTUBRE

       14

NOVIEMBRE

       11

DICIEMBRE

       2

Viernes: 6 pm a 9 pm
Sábados: de 8 am a 12 m y de 2 pm a 5 pm

– Parroquia San Joaquín – Barrio Jardín Atolsure (Tel 267 5685) Ibagué  Colombia.  En esta Parroquia los cursos se dictan el último domingo del mes y el primer domingo del mes siguiente.  Párroco, Padre, Alejandro Castaño.  

ENERO                            

FEBRERO                         5 y 12

MARZO                            5 y 12
ABRIL                               2 y 9
MAYO                              7 y 14
JUNIO                              4 y 11
JULIO                               2 y 9
AGOSTO                          6 y 13
SEPTIEMBRE                   3 y 10
OCTUBRE                         1 y 8
NOVIEMBRE                    5 y 12

DICIEMBRE               3 y 10

 

– Parroquia Nuestra Señora de Fátima – Barrio Ambalá (Tel: 275 0532) Ibagué   Colombia. Párroco, Padre, Orlando Espitia Romero.  

FEBRERO

  18 y 19

 MARZO

  4 y 5

ABRIL

   1 y 2

 MAYO

   6 y 7

JUNIO

   3 y 4

 JULIO

   8 y 9

AGOSTO

   12 y 13

SEPTIEMBRE

   9 y 10

OCTUBRE

   7 y 8

NOVIEMBRE

4 y 5

DICIEMBRE

   3 y 10

– Parroquia Inmaculado Corazón de María – Barrio Ricaurte ( tel 260 0126), Ibagué Colombia. Párroco, Padre, Jorge Alberto Arévalo.  

FEBRERO

  19 y 26

 MARZO

  19 y 26

ABRIL

  23 y 30

 MAYO

  21 y 28

JUNIO

  18 y 25

JULIO 

  23 y 30

AGOSTO

  20 y 27

 SEPTIEMBRE

  17 y 24

OCTUBRE

  22 y 29

NOVIEMBRE

  19 y 26

DICIEMBRE

  3 y 10

PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DE CHIQUINQUIRÁ, Barrio Piedra Pintada

(Tel. 264 9883)  Ibagué, Colombia.  Párroco:  Padre, Miguel Alexis Saavedra. 

FEBRERO

4 y 5

 MARZO

  4 y 5

ABRIL

  1 y 2

 MAYO

  6 y 7

JUNIO

  3 y 4

JULIO 

  8 y 9

AGOSTO

  12 y 13

 SEPTIEMBRE

  9 y 10

OCTUBRE

  7 y 8

NOVIEMBRE

 4 y 5

DICIEMBRE

2 y 3

PARROQUIA MARÍA AUXILIADORA, BARRIO CÁDIZ EN IBAGUÉ. Teléfono 264 4369

Párroco. Padre, Antonio María Cifuentes Rojas

 

 ENERO                                                                     28              
FEBRERO           25
MARZO           25
ABRIL           22
MAYO           27
JUNIO           24
JULIO           22
AGOSTO           26
SEPTIEMBRE           23
OCTUBRE           28
NOVIEMBRE           25
DICIEMBRE           23

El Matrimonio es uno de los siete sacramentos de la Iglesia; es una “alianza por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole”. Los contrayentes, en la celebración, son los ministros del sacramento. El celebrante (obispo, presbítero o diácono) actúa como testigo del consentimiento matrimonial.

 

Requisitos
Los contrayentes deben acercarse a la parroquia donde tienen su domicilio; en el despacho parroquial, un mes antes de la celebración del matrimonio, cada contrayente debe entregar la información necesaria para los formularios que se conservarán en el archivo parroquial y para el acta de matrimonio:

– Partida de bautismo actualizada
– Partida de confirmación actualizada
– Registro civil de nacimiento
– Fotocopia de la cédula de ciudadanía
– 2 fotos tamaño cédula
– Certificado del curso de preparación para recibir el sacramento
Además
– Los contrayentes deben acercarse al despacho parroquial con dos testigos (cada testigo con su respectiva fotocopia de la cédula) para certificar la idoneidad de los futuros esposos

Eventualidades
– Si uno de los contrayentes ha sido bautizado en una parroquia de otro municipio o departamento, el despacho parroquial ofrece el servicio de “petición de partidas a otras parroquias”

– Si uno de los contrayentes no ha recibido el sacramento de la confirmación debe hacerlo saber al párroco quien remitirá al interesado a la parroquia Catedral donde se realizan los cursos intensivos especiales para contrayentes, cada mes.

– Si uno de los contrayentes no pertenece a la jurisdicción (territorio) de la parroquia debe presentar en el despacho parroquial el permiso de su párroco respectivo

Las informaciones del matrimonio deben realizarse en el territorio parroquial del novio o de la novia, y debidamente se envía la licencia a la Parroquia donde se va a celebrar ese matrimonio, sin cobrar lo de la licencia, porque ya está en las informaciones. 

Estipendio
– Los sacramentos no tienen un valor comercial. Los contrayentes dan una ofrenda por el servicio prestado. El arancel diocesano estipula el siguiente estipendio:  

-Matrimonio (en horario habitual)$130.000
-Matrimonio (en hora extra)$160.000
-Informaciones Matrimoniales$70.000
-Licencia para matrimonio en otra parroquia$25.000


Un consejo:
Piénselo bien, es para toda la vida…

LICENCIA PARA LOS NOVIOS QUE VAN A CONTRAER EL MATRIMONIO EN UNA PARROQUIA DISTINTA A SU DOMICILIO

Arquidiócesis de Ibagué

Parroquia   xxxxxxxxx

Dirección y teléfono    xxxxxxxx

Licencia para matrimonio.  

Ciudad y fecha    xxxxxxxxxx

El suscrito cura párroco cumplidas las prescripciones del derecho común y particular, (canon 1115) concede licencia a:    xxxxxxxxxxxx  (La novia)   identificada con la Cc   xxxxx  hija de xxxxx  nacida   xxxxxxxxxxx  en   xxxxxx  Bautizada en la parroquia   xxxxxxxx  Libro Folio Número xxxxxx  con domicilio en esta parroquia, para contraer lícitamente matrimonio en la parroquia en la Parroquia   xxxxxxxx

con:  xxxxxxxxxxx (Novio).    identificado con la Cc   xxxxx  hijo de xxxxx  nacido   xxxxxxxxxxx  en   xxxxxx  Bautizado en la parroquia   xxxxxxxx  Libro Folio Número xxxxxx 

Padrinos:    xxxxxxxxxxxxx

Anotaciones:  El expediente con todos los demás documentos, quedan archivados en esta parroquia, de acuerdo con las disposiciones diocesanas. La partida del matrimonio celebrado debe quedar inscrita en el despacho de la parroquia donde se celebró el sacramento.  Se ruega el señor cura párroco avisar oportunamente a la parroquia que expidió la licencia, para dejar nota en el expediente matrimonial.

xxxxxxxxxxxxxxxxx

Firma del párroco y sello.  

El valor de la fidelidad matrimonial

D. Alfonso López Quintás, catedrático emérito de filosofía en la Universidad Complutense (Madrid) y miembro de la Real Academia Española de Ciencias Morales y Políticas, ha resaltado en varias de sus obras el carácter creativo de la fidelidad.

-¿Es la fidelidad actualmente un valor en crisis? ¿A qué se debe el declive actual de la actitud fiel?       

-A juzgar por el número de separaciones matrimoniales que se producen, la fidelidad conyugal es un valor que se halla actualmente cuestionado. Entre las múltiples causas de tal fenómeno, deben subrayarse diversos malentendidos y         

Se confunde, a menudo, la fidelidad y el aguante. Aguantar significa resistir el peso de una carga, y es condición propia de muros y columnas. La fidelidad supone algo mucho más elevado: crear en cada momento de la vida lo que uno, un día, prometió crear. Para cumplir la promesa de crear un hogar con una persona, se requiere soberanía de espíritu, capacidad de ser fiel a lo prometido aunque cambien las circunstancias y los sentimientos que uno pueda tener en una situación determinada. Para una persona fiel, lo importante no es cambiar, sino realizar en la vida el ideal de la unidad en virtud del cual decidió casarse con una persona. Pero hoy se glorifica el cambio, término que adquirió últimamente condición de “talismán”: parece albergar tal riqueza que nadie osa ponerlo en tela de juicio. Frente a esta glorificación del cambio, debemos grabar a fuego en la mente que la fidelidad es una actitud creativa y presenta, por ello, una alta excelencia.       

Si uno adopta una actitud hedonista y vive para acumular sensaciones placenteras, debe cambiar incesantemente para mantener cierto nivel de excitación, ya que la sensibilidad se embota gradualmente.       

Esta actitud lleva a confundir el amor personal -que pide de por sí estabilidad y firmeza- con la mera pasión, que presenta una condición efímera.       

De ahí el temor a comprometerse de por vida, pues tal compromiso impide el cambio. Se olvida que, al hablar de un matrimonio indisoluble, se alude ante todo a la calidad de la unión. El matrimonio que es auténtico perdura por su interna calidad y valor. La fidelidad es nutrida por el amor a lo valioso, a la riqueza interna de la unidad conyugal. Obligarse a dicho valor significa renunciar en parte a la libertad de maniobra -libertad de decisión arbitraria- a fin de promover la auténtica libertad humana, que es la libertad para ser creativo. La psicóloga norteamericana Maggie Gallagher indica, en su libro Enemies of Eros, que millones de jóvenes compatriotas rehuyen casarse por pensar que no hay garantía alguna de que el amor perdure. Dentro de los reducidos límites de seguridad que admite la vida humana, podemos decir que el amor tiene altas probabilidades de perdurar si presenta la debida calidad. El buen paño perdura. El amor que no se reduce a mera pasión o mera apetencia, antes implica la fundación constante de un auténtico estado de encuentro, supera, en buena medida, los riesgos de ruptura provocados por los vaivenes del sentimiento.

-Si la fidelidad se halla por encima del afán hedonista de acumular gratificaciones, ¿qué secreto impulso nos lleva a ser fieles?       

-La fidelidad, bien entendida, brota del amor a lo valioso, lo que se hace valer por su interna riqueza y se nos aparece como fiable, como algo en lo que tenemos fe y a lo que nos podemos confiar. Recordemos que las palabras fiable, fe, confiar en alguien, confiarse a alguien… están emparentadas entre sí, por derivarse de una misma raíz latina: fid. El que descubre el elevado valor del amor conyugal, visto en toda su riqueza, cobra confianza en él, adivina que puede apostar fuerte por él, poner la vida a esa carta y prometer a otra persona crear una vida de hogar. Prometer llevar a cabo este tipo de actividad es una acción tan excelsa que parece en principio insensata. Prometo hoy para cumplir en días y años sucesivos, incluso cuando mis sentimientos sean distintos de los que hoy me inspiran tal promesa. Prometer crear un hogar en todas las circunstancias, favorables o adversas, implica elevación de espíritu, capacidad de asumir las riendas de la propia vida y estar dispuestos a regirla no por sentimientos cambiantes sino por el valor de la unidad, que consideramos supremo en nuestra vida y ejerce para nosotros la función de ideal.        

 -Según lo dicho, no parece tener sentido confundir la fidelidad con la intransigencia…       

-Ciertamente. El que es fiel a una promesa no debe ser considerado como terco, sino como tenaz, es decir, perseverante en la vinculación a lo valioso, lo que nos ofrece posibilidades para vivir plenamente, creando relaciones relevantes. Ser fiel no significa sólo mantener una relación a lo largo del tiempo, pues no es únicamente cuestión de tiempo sino de calidad. Lo decisivo en la fidelidad no es conseguir que un amor se alargue indefinidamente, sino que sea auténtico merced a su valor interno.        

Por eso la actitud de fidelidad se nutre de la admiración ante lo valioso. El que malentiende el amor conyugal, que es generoso y oblativo, y lo confunde con una atracción interesada no recibe la fuerza que nos otorga lo valioso y no es capaz de mantenerse por encima de las oscilaciones y avatares del sentimiento. Será esclavo de los apetitos que lo acucian en cada momento. No tendrá la libertad interior necesaria para ser auténticamente fiel, es decir, creativo, capaz de cumplir la promesa de crear en todo instante una relación estable de encuentro.        

Así entendida, la fidelidad nos otorga identidad personal, energía interior, autoestima, dignidad, honorabilidad, armonía y, por tanto, belleza. Recordemos la indefinible belleza de la historia bíblica de Ruth, la moabita, que dice estas bellísimas palabras a Noemí, la madre de su marido difunto: “No insistas en que te deje y me vuelva. A dónde tú vayas, iré yo; donde tú vivas, viviré yo; tu pueblo es el mío, tu Dios es mi Dios; donde tú mueras, allí moriré y allí me enterrarán. Sólo la muerte podrá separarnos, y, si no, que el Señor me castigue”.         

-En Iberoamérica y en España parece concederse todavía bastante importancia a la fidelidad conyugal. ¿Cómo se conjuga esto con la crisis del valor de la fidelidad?       

-En estos países todavía se conserva en alguna medida la concepción del matrimonio como un tipo de unidad valiosa que debe crearse incesantemente entre los cónyuges. De ahí el sentimiento de frustración que produce la deslealtad de uno de ellos. Esto no impide que muchas personas se dejen arrastrar por el prestigio del término cambio, utilizado profusamente de forma manipuladora en el momento actual.-¿Puede decirse que lo que está en crisis actualmente son las instituciones a las que se debiera tener fidelidad?        -Exige menos esfuerzo entender el matrimonio como una forma de unión que podemos disolver en un momento determinado que como un modo de unidad que merece un respeto incondicional por parte de los mismos que han contribuido a crearla. Este tipo de realidades pertenecen a un nivel de realidad muy superior al de los objetos. Hoy día vivimos en una sociedad utilitarista, afanosa de dominar y poseer, y tendemos a pensar que podemos disponer arbitrariamente de todos los seres que tratamos, como si fueran meros objetos. Esta actitud nos impide dar a los distintos aspectos de nuestra vida el valor que les corresponde. Nos hallamos ante un proceso de empobrecimiento alarmante de nuestra existencia.       

Por eso urge realizar una labor de análisis serio de los modos de realidad que, debido a su alto rango, no deben ser objeto de posesión y dominio sino de participación, que es una actividad creadora. Participar en el reparto de una tarta podemos hacerlo con una actitud pasiva. Estamos en el nivel 1 de conducta. Participar en la interpretación de una obra musical compromete nuestra capacidad creativa. Este compromiso activo se da en el nivel 2. Para ser fieles a una persona o a una institución, debemos participar activamente en su vida, crear con ella una relación fecunda de encuentro -nivel 2-. Esta participación nos permite descubrir su riqueza interior y comprender, así, que nuestra vida se enriquece cuando nos encontramos con tales realidades y se empobrece cuando queremos dominarlas y servirnos de ellas, rebajándolas a condición de medios para un fin.       

-Al analizar la cuestión de la fidelidad, volvemos a advertir que la corrupción de la sociedad suele comenzar por la corrupción de la mente…       

-Sin duda. Es muy conveniente leer la Historia entre líneas y descubrir que el deseo de dominar a los pueblos suele llevar a no pocos dirigentes sociales a adueñarse de las mentes a través de los recursos tácticos de la manipulación. Si queremos ser libres y vivir con la debida dignidad, debemos clarificar a fondo los conceptos, aprender a pensar con rigor, conocer de cerca los valores y descubrir cuál de ellos ocupa el lugar supremo y constituye el ideal auténtico de nuestra vida.

María Ángeles Almacellas,   Doctora en Filosofía. Universidad Complutense, Madrid.  Fuente: Catholic

 EL AMOR Y EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL

La incidencia jurídica del amor conyugal  En el vínculo matrimonial“El amor sin ser el consentimiento matrimonial, es el que lo hace posible. “

Toda la enseñanza de cristo en el evangelio es una predicación sobre el amor, es la base  para seguir al señor y entender su misión  y ser en verdad cristianos. Pretendo analizar como el amor  es la base y fundamento de vínculo matrimonial y sin embargo no tenemos en la legislación  canónica una causal sobre el amor en la sentencia de declaración de nulidad matrimonio. El legislador nos propone  unas causales que nos lleva a mirar las falencias que afectan la convivencia matrimonial en un vínculo que se debió haber establecido supuestamente, desde un pacto para toda la  vida desde el amor. El amor mueve al hombre  y a la mujer por un principio natural a unirse y formar un vínculo. °°°°

°°° Tal es el enfoque que encontramos en la segunda parte,  capítulo 1, de la constitución pastoral Gaudium et spes  del Concilio Vaticano II, sobre “la dignidad del matrimonio y de la familia” y en la encíclica Humanae  Vitae (1968) y en la Exhortación apostólica Familiaris consortio (1981) cuyo numeral  11 afirma “El amor es, por lo tanto, la vocación fundamental e innata  de todo ser humano” Palabra que nos recuerda la primera encíclica del Beato Juan Pablo II: Autor: Pbro. Rafael Betancur Machado, Vicario judicial adjunto, Tribunal Eclesiástico, Medellín, Colombia.            

“El hombre no puede vivir sin amor. El permanece  para sí mismo un ser incomprensible, su vida esta privada de sentido si no se le revela el amor, si no se encuentra el amor, si no lo experimenta y hace propio, si no participa en el vivamente”     A través de la palabra “vio Dios  cuando había hecho, y todo estaba  muy bien” (Gen 1,31), somos encaminados  a entrever  en el amor  el motivo divino  de la creación. La fuente de la surge. En efecto, solo el amor  da inicio la bien y se complace en el bien (1 Cor. 13) pero como quiera que el concepto  de donar exija un receptor – unido a quien da por la relación del amor- capaz de comprender  el sentido del don en la llamada  de la nada la existencia, puede hablarse,  de la creación como don.

La soledad originada del hombre (Gen. 2, 18-21)  nos enfrentamos  su drama: ninguno de los seres  hasta entonces creados le permite vivir en una relación  de reciproco don. Cuando Dios dice ‘’no es bueno que el hombre este solo (Gen 2- 18) afirma que en soledad  el hombre no se realiza totalmente en su esencia personal. El hombre es un ser  puesto en comunión, en participación y en encuentro, esta es su esencia antropológica; esta creada por naturaleza para “existir para alguien”, es una relación comunión entre personas.

Luego hay un don, que es la característica fundamental  de la existencia personal del ser Humano, y es don, nace del amor.

EL LUGAR DEL AMOR EN EL MATRIMONIO

Dentro de la historia de la legislación canónica encontramos varios esquemas para explicar el vínculo matrimonial y resolver sus problemas.

La primera gran formulación del matrimonio cristiano se la debemos a San Agustín  que defendía la bondad del vínculo apoyándose en tres características principales: el bonumprolis, el bonumfidei y el bonumsacramenti.  El concepto del  “bonum” tuvo su incidencia como esquema en las Decretales de los papas, el código de 1917 lo abandono y tampoco aparece en el nuevo CIC de 1983, su incidencia esta como un enfoque complementario en Cn. 1101 como lo quiso llamar el legislador en  2 “la exclusión”. “Si uno de los contrayentes, o ambos excluye con un acto positivo de la voluntad el matrimonio mismo, o un elemento esencial del matrimonio una propiedad esencial, contrae inválidamente”. Pero la jurisprudencia se ha servido de los tres bienes para el estudio y validez del matrimonio aunque un sector de la doctrina propende arrinconamiento.

Gracias a la corriente personalista de los primeros siglos y a los avances del Concilio Vaticano II, se pasa al actual cano 10551, que incorpora el bien de los cónyuges. La misma procreación-educación tiene otro matiz, el que le da la paternidad responsable y a la luz a la que ahora se estudia el matrimonio (el nuevo enfoque lo vemos reflejado en la misma sustitución de fin por ordenación).

El segundo aspecto de la evolución de los fines es el  de su relevancia jurídica. El Código de 1917 fue el primero de los documentos de la Santa Sede en recoger los fines procreativo-educativo, sedativo de la concupiscencia  y de ayuda mutua, jerárquicamente estructurados.

Además se incorporó  otro esquema: El de la esencia y las propiedades del matrimonio.  La consideración de la esencia del matrimonio ha sufrido modificaciones en el decurso de los siglos. Limitándonos  al nuestro, constatamos una opinión que la restringía al derecho-obligación de colaborar con el cónyuge a los actos generativos y otra que arranca del Concilio y de la corrientes personalistas. Esta tendencia enfatiza el derecho al consorcio de toda la vida informado por el bien delos cónyuges y la generación de la prole. A este núcleo esencial  se refiere el nuevo Cn 10551.

Las propiedades esenciales del matrimonio desde un principio las recoge el Código de Derecho Canónico en su Cn 1056: la unidad y la indisolubilidad (que en el matrimonio cristiano obtiene especial firmeza por razón del sacramento).  Luego es el amor quien va consolidando el vínculo matrimonia entre u solo varón y una mujer para que siempre estén unidos hasta que la muerte los separe.

Así lo expresó Juan XXIII en la constitución de convocatoria del Concilio Humanae  Salutis (25 de Diciembre de 1961). El título de aquella-de  extracción  bíblica es fiel reflejo de esta intención. Que el hombre no esté solo  y que permanezca unido a su mujer.

Pues bien, la Gaudium et spes tiene como nota más característica de su exposición doctrinal sobre el matrimonio y la familia, la importancia que atribuye el amor conyugal.

Resulta una tendencia muy sentida en todo el movimiento conciliar, volver a las raíces sin dejarse condicionar por adherencias culturales, emerge una nueva concepción del matrimonio. Podemos aceptar como definición sintética del matrimonio, según la mentalidad conciliar, la de:

“intima comunidad conyugal de vida y de amor”. Extraída  del n. 48, corazón del citado capítulo 1 de la segunda parte de documento.

En esta perspectiva bíblica de la historia de la salvación la esencia del matrimonio se entiende como auto-donación total del uno al otro en vista a una vida en común con cristo, como comunidad de amor fecundo y de salvación. El N0  49 de la  Gadium et spes aclara la enseñanza matrimonial del Concilio, pues el matrimonio y el amor conyugal vienen frecuentemente unidos por la doctrina conciliar.

El matrimonio responde a las intimas exigencias del amor conyugal  y las consolida.

Aunque la jurisprudencia rotal anterior al Concilio Vaticano II tomo en consideración el amor conyugal y le dio relevancia jurídica, por su incidencia en diversos capítulos de nulidad, nunca consideró la falta de amor conyugal como factor determinante de la nulidad de un matrimonio.

La primera decisión total innovadora, en cuanto que se valía de la communio vitae para fijar el objeto del consentimiento, el Auditor Rotal Annè del   25 de febrero de 1969.  Para este auditor el Concilio tiene una intencionalidad jurídica cuando declara: “Fundada por el Creador y en posesión de sus propias leyes, la íntima  comunidad conyugal  de vida y amor se establece sobre la alianza de los cónyuges, es decir, sobre su consentimiento personal e irrevocable. Así, del acto humano por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente, nace, aun ante la sociedad, una institución confirmada por la ley divina” (Gaudium et spes, n, 1).

Con estas palabras apunta el derecho y obligación a esta comunidad de vida, que tiene en la íntima unión de las personas su elemento más significativo, en la que el varón y mujer se hacen una carne, a la que tiende aquella comunidad de vida como a su culmen, esto denota que el matrimonio es una relación máximamente personal

En la misma dirección se pronuncia otra decisión el Auditor Rotal Fagiolo de 30 de octubre de 1970. En ella se conjuga el principio de que no es la ausencia del amor sino la del consentimiento o su vicio lo que pueden hacer nulo un matrimonio y la relevancia jurídica del amor.

Su razonamiento es que la exaltación de la presencia y trascendencia del amor por la doctrina  y el magisterio de la Iglesia patentizan que, la norma jurídica de esa misma iglesia, no puede ignorar la relevancia del amor en el matrimonio. Si esto es verdad, el consentimiento por el que se contrae el matrimonio no puede ser ajeno al amor. De él dimana, como de su fuente natural, donación mutua, la comunidad de vida, la unión intima.

Cuando se ha de investigar la validez del consentimiento y su existencia y eficacia, parece necesario investigar el amor por lo que la parte contrajo el matrimonio: si estuvo presente y que quisieron las partes bien recibiendo el derecho sobre el cuerpo bien la comunidad intima de vida ordenada a la prole, que es el matrimonio.

El amor conyugal está conectado con la esencia del matrimonio e incide en ella. Si al matrimonio se llega por razones extrínsecas o incluso meramente materiales, comporta una deficiencia del objeto del consentimiento. En lugar de la instauración de la comunidad intima de vida, y por tanto, en lugar de la entrega y aceptación de los derechos conyugales o mutua donación, se busca primeramente otra cosa.

Concluye el Auditor Rotal, Fagiolo diciendo que, donde falta el amor conyugal, el consentimiento o no es libre o no es interno o contiene exclusión o limitación del objeto necesario para que haya matrimonio.

A pesar de estas iniciativas la gran mayoría de las decisiones posconciliares no otorgan trascendencia  jurídica  al amor. El Auditor  Rotal Egan es buen ejemplo de ello. Su postura podríamos concentrarla en las siguientes proposiciones: La validez del matrimonio depende del consentimiento y la capacidad. Solo si la falta de amor vicia el primero (simulación) o limita la segunda (por ejemplo por una impotencia relativa), tiene trascendencia jurídica.

En cuanto al objeto del conocimiento el amor no juega ningún papel, pues aquel no es más que la entrega y aceptación mutua del derecho perpetuo y exclusivo a los actos de suyo ordenados a la generación esto no quita que el amor sea de una gran importancia como destaca el Magisterio para que el matrimonio “in facto ese” sea feliz. Puesto que el Derecho se ocupa de un mínimo, el imprescindible  para que haya matrimonio, esta virtualidad del amor no tiene reflejo jurídico.

Otro tanto cabo decir del Auditor Rotal Pinto. En una decisión de 18 de diciembre de 1979 descarta que el amor sea objeto del consentimiento matrimonial, lo que no disminuye su importancia para determinar la capacidad de los contrayentes así como la mutua perfección de los cónyuges.

Entre los autores se constata inmediatamente un vivo interés por el tema. Hay quien rechaza toda trascendencia jurídica del amor en el matrimonio (P. Fedele); otros, con mejor criterio, reconocen que aunque la causa del matrimonio es el consentimiento  que diversifican formalmente del amor no puede haber consentimiento si falta el amor (U. Navarrete  y O. Robleda).

Hay luego otro grupo de autores que, de igual forma que Fagiolo en su jurisprudencia y en sus obras doctrinales, creen que el amor forma parte del objeto del consentimiento: Los cónyuges al contraer se comprometen a amarse. Aquí es precisa una aclaración. Ese amor a que se obligan al marido y la esposa no es un amor exclusivamente sentimental, sino, como agudamente percibió Kant, un amor asumido por la voluntad. Esta parece ser la mente conciliar y a ella se atienen autores como: J. P. Viladrich y útilmente A. Molina Meliá  y M. López Aranda.

Tomando en consideración el Derecho matrimonial  conciliar, la trascendencia  jurídica  se evidencia ahora partiendo de lo que constituye por alianza matrimonial (cn. 10551), o sea, un consorcio de toda la vida, en la que una relación interpersonal es esencial y en la que la unidad viene determinada por el amor (en esto la Gadium et spes es determinante); considerando el primer fin que especifica esta comunidad  “bonum  coniugum” (c. 10551). Ahora bien, ¿Cómo puede tenderse al bien de las personas sin partir de una actitud de amor, respeto, de acogida? Aun mas ¿no comprometería seriamente intentaría contra el bien de la prole (fin consecutivo del anterior) la falta de amor en la comunidad conyugal?

Si se quiere hacer del matrimonio un lugar y un medio apropiados para favorecer el bien de las personas en la línea de su vocación, se ha de asegurar la presencia del amor y de los requisitos que permiten y favorecen su despliegue

Puntos conflictivos

La armonización de los elementos implicados en el matrimonio, tal y como nos lo presenta el Vaticano II, plantea delicadas cuestiones al nuevo Derecho matrimonia. La  jurisprudencia y la doctrina científica han señalado estas: valor jurídico de la Gaudium  et spes, causa eficiente del matrimonio, valor de los dictámenes parciales en las causas matrimoniales… pero sobre todo está en juego la preservación del bien de la prole y la validez irrevocable de pacto conyugal.

Con respecto a la exclusión del bien del sacramento es muy difícil su prueba si las nupcias se celebraron con verdadero y mutuo amor, si bien no pueden menospreciarse otras circunstancias que pueden incidir en el ánimo de los jueces.

Lo que resulta incontestable es que lo que comúnmente mueve a contraer en la inclinación natural de un sexo a otro, tendencia natural que prefiere llamar amor esponsal  propio del matrimonio “in fieri” (al prestar el consentimiento) y del in facto ese” (por la convivencia misma). Para que su fuerza pueda ser más fácil completamente presumida hay que distinguir  aquel del amor carnal, libidinoso, concupiscible… lo que advierten el magisterio y la jurisprudencia rotal.

Solo el amor esponsal  Genuino tiende a la perennidad. Consta de una sólida fundamentación  y la jurisprudencia rotal lo ha considerado en su doctrina siempre como el amor autentico que ha favorecido a sobrellevar las obligaciones del matrimonio.

Este amor pertenece al género de la donación. La donación que se ocupa de las cosas necesarias y útiles a la obtención de los fines del matrimonio, en cuanto al matrimonio “in fieri”, es el acto del amor, mientras que en el matrimonio “in facto ese”, es el hábito del amor.

El juez debe valorar solo pruebas, directas o indirectas, con qué género de amor contrajeron el matrimonio las partes. El defecto del verdadero amor “per se” no prueba la nulidad pero tiene una gran importancia y juega como un indicio de simulación.

Todas estas afirmaciones quedan bien probadas  jurisprudencialmente. La presencia del amor hace imposible moralmente la exclusión del bien del sacramento. Lo que se ve especialmente en el caso de una exclusión absoluta de la indisolubilidad. Pero en el caso de una exclusión hipotética de la indisolubilidad, esta voluntad prevalece por su naturaleza, sobre lo de contraer un verdadero matrimonio.

El Auditor Rotal Parisella llega a una conclusión muy interesante: La fuerza y la importancia del amor verdadero defendidas por la perpetua jurisprudencia rotal rigen en cuanto a los bienes del sacramento y de la fe, pero no ordinariamente respecto al de la prole, el actor de una causa pudo excluir la prole, no obstante su ardentísimo amor hacia la otra parte; porque en una de la partes se hallaba en el “eros” (un amor meramente mundano y material) y no el “ágape” ( como el amor oblativo, sublime y permanente) como lo insinúa el Papa Benedicto XVI en su Encíclica “Deus caritas est”.

Los varones y las  mujeres suelen contraer matrimonio perpetuo como por instinto natural y por la naturaleza del verdadero amor esponsal. Ni siquiera es fácil admitir lo contrario en aquellos que están imbuidos de preceptos erróneos acerca del matrimonio.

En estos casos de investigarse la causa de la simulación así como la causa de contraer. Si la causa de contraer descanso en el amor verdadero prevaleció sobre simulación, entonces resulta claro que el  amor prevalece sobre simulación. También se aportan sentencias probatorias al respecto.

Una incógnita queda por despejar, ¿según la jurisprudencia, esta gran fuerza del amor, de donde dimana? En la razón congénita y ultima del amor; este conlleva la perpetuidad del vínculo, y se recoge el principio rotal: “amor limites haud patitur ullos”. Es tan constrictiva la propensión del amor esponsal a la perennidad  que, según sicólogos, la duda propia del amante versa sobre si es amado como él ama; pero no si con el amado encontrara la felicidad. El Auditor Rotal Parisella está persuadido de que la jurisprudencia rotal sobre la propensión del amor a la perennidad esta especialmente confirmada por los sicólogos y por canonistas.

Pablo VI afrontó la incidencia del amor en la esencia matrimonial en su discurso a la Rota Romana de 9 de febrero de 1976. Aunque allí se dice que “el amor conyugal como fundamento del vínculo (…) no queda asumido en el campo del derecho”, más que rebajar el planeamiento personalista del magisterio conciliar o incluso que negar la relevancia jurídica del amor conyugal, pretende salvaguardar dos principios del amor cristiano, a saber:

El matrimonio se constituye por el consentimiento de las dos partes (es un acto de voluntad)

El matrimonio una vez contraído válidamente continúa existiendo en su realidad jurídica por más que el amor desaparezca.

A la jurisprudencia más progresiva le asalto la incertidumbre sobre los componentes de la relación interpersonal o sobre lo requerido para que el matrimonio contraído fuese valido. En un campo tan penetrado de subjetivismo era urgente no dejarse arrebatar esta decisión, con repercusiones jurídicas, por los sicólogos o por los siquiatras. G. Versaldi, vacunado de esta tentación, nos propone como elemento minino:

“La capacidad del sujeto de distinguirse a sí mismo del objeto así como de tener una imagen clara de si mismo y del objeto amado, de tal modo que realmente el sujeto se trascienda y sea capaz de sostener una relación verdadera con otra persona distinta a él”.

Si este mínimo lo garantiza el peritaje sicológico, para que un  aparente matrimonio se declare nulo, los cánones 1095 N° 3 y 1101,2  serán quizás los más socorridos. Vinculado al problema  de la fundamentación  de una demanda  de nulidad está el de la prueba del motivo alegado, en nuestro supuesto, carencia  del amor necesario para asumir el matrimonio, pero tampoco podemos enfrentarnos  a él. Basta indicar que en el caso  de apoyarse la demanda en el canon 1095,3, se probara  la incapacidad inmadurez  o escaso desarrollo volitivo- intelectivo, desequilibrios en la personalidad que impiden  una auto posesión y una entrega consecutiva….      

El canon 1101,2  puede jugar en el sentido de que demostrada la falta de afecto entre las partes en el momento  de consentir, hay que presumir  la ficción que encierra la alianza para establecer  una estrechísima  comunión para toda la vida. En esta hipótesis  se ha excluido el matrimonio mismo.

La capacidad aglutinadora del amor

En  el capítulo de la comprensión jurídica del matrimonio hago ver la intención  de evidenciar  la insuficiencia  de los diferentes esquemas.  Al no ser exhaustivos, en su misma formulación, está el germen  del que los seguirá

 Cada etapa  de la historia elaboró, o utilizó con preferencia, uno de los esquemas ¿servirán los herederos para esta más integral comprensión del matrimonio surgida del concilio?  Indudablemente tendrán su aplicación pero haremos mal dejarnos constreñir por sus presupuestos obsoletos.

El mayor inconveniente de encajar el amor conyugal en una de aquellas categorías o en conexión con ellas, ya sea la de la causa, la del objeto del consentimiento  o la del fin, es el de  aprisionarlo  y perder parte  de su esfuerza expansiva. Su influencia en que haya un auténtico consentimiento, un verdadero matrimonio consentido, es decir, una comunidad  total de vida especificada por su fin  de proyección y enriquecimiento personal no puede eclipsarse, y sin embargo, ¿esto es todo?

Ciertamente no. Más, para ceñirnos al aspecto jurídico del matrimonio, nos interesa destacar, sobre todo como en él también se pude hablar  de la excelencia del amor.  De nuevo actúa  a la manera  de eje vertebrador, de núcleo unificador de todos los elementos que organizan el matrimonio. Precisamente, es desde el amor conyugal y en el que esos elementos cobran sentido. Genial fue la intuición de Pio XI cuando manifestó: ‘’por este mismo amor deben ir informados los restantes derechos y deberes del matrimonio’’, y todavía más lo del Concilio Vaticano II  cuando descubre que la raíz  de la indisolubilidad.  Es el amor conyugal, o de la Humanae Vitae cuando preservando el bien  de la prole dice defender el de la ley interna del amor conyugal. La familiaris consortio no hace otra cosa que consolidar estos logros.

            El matrimonio no tiene otro objetivo que plasmar y estructurar  lo que  aquel  ya contiene  así: esta presentación del amor conyugal como principio omnipresente en la vida  de los esposos es una adquisición  de los tiempos más recientes. El Concilio tras caracterizar el amor conyugal  como humano, abarcando el bien  de toda persona, enraizado en la voluntad y sanado y elevado por el señor, se pronuncia así sobre la cuestión. ‘’ un tal amor, asociando a la vez lo humano y lo divino, lleva a los esposos a un mutuo  y libre de sí mismo, comprobando por su sentimiento  y actos de ternura, e impregna toda su vida’’.

            En efecto, si se parte de la concepción  personalista el matrimonio, el amor  consiste en la donación que cada cónyuge hace al otro de la propia persona, donación aceptada y por esto irrevocable, donación total,  y por lo mismo comprensiva también de la capacidad generativa, donación perpetua, y por tanto extendida a la entera existencia de la entrega. Con ello se diafaniza la relación estrecha entre propiedades  esenciales, unida e indisolubilidad  y amor.

Sin el amor todo el edificio matrimonial  se desmorona, sencillamente porque, él es el principio  aglutinador de la persona y está en la base del matrimonio  y de la familia.

CONCLUSIONES

Por todo lo dicho cabe concluir:       

1.         El amor, sin ser el consentimiento matrimonial, es quien lo hace posible.

2.         El amor es la base principal  y centro de la vida cristiana. Toda la enseñanza de nuestro Sr. Jesucristo en el evangelio se fundamenta en el mandamiento del amor.

3.         En la jurisprudencia canónica no tenemos exclusivamente  en el derecho matrimonial canónico una causal propuesta sobre el amor. No encontramos hasta ahora una sentencia  de la Rota Romana  y de nuestros Tribunales  de primera y segunda instancia. No encontramos en la legislación canónica en forma específica  que nos hable  de una causal  sobre el amor, más bien tenemos que buscar en los cns. Que nos ha fijado el legislador nos ha propuesto 7 cánones fundamentales: tres por el intelecto Cn.1095 y cuatro por la voluntad; Error 1097 Dolo 1098, Unidad e indisolubilidad 1099, Violencia  y miedo grave 1103; mas el consentimiento simulado Cn.1101.

4.         El amor conyugal, en la medida en que viene emparejado por el Concilio  con el matrimonio, es el objeto del consentimiento matrimonial en cuanto  que ‘’consensus qui matimoniumfacit, est consensus in matrimonium” 

5.         El amor que, como hemos visto tiene sobre todo razón de esencia en el matrimonio, no puede confundirse  con los fines. Pero,  por la misma estructuración  de los fines en relación  con la esencia, aquellos  nunca se alcanzarán  si no hay cierta disposición  para ello en la esencia.

6.         Las propiedades esenciales del matrimonio están íntimamente cotrelacionadas con las del amor conyugal.  Si no existe el amor conyugal  no podemos concebir un auténtico matrimonio canónico.

El bautismo es el primer sacramento de iniciación cristiana. Por el bautismo nos hacemos hijos de Dios, miembros de la Iglesia de Cristo y templos del Espíritu Santo. Los padres del niño deben acercarse al despacho parroquial y entregar los siguientes datos para sentar la partida de bautismo:

– Registro civil de nacimiento, del bautizando
– Nombres completos de los abuelos paternos y maternos
– Nombres completos de los padrinos

– Nombres y apellidos de los padres

Lugar y Fecha de Nacimiento

      Los sacramentos están ordenados a la santificación de los hombres, a la edificación del cuerpo de Cristo, a dar culto a Dios.  Suponen la fe, la alimentan, la robustecen y la expresan por medio de palabras y acciones; por esta razón se llaman sacramentos.  Por la importancia que tienen los sacramentos con la vida cristiana y por ende el compromiso como la misión apostólica de la Iglesia; se hace necesario que los fieles que solicitan los sacramentos en sus parroquias, tengan un concepto claro, del sacramento, de sus compromisos,  y de la preparación espiritual para vivirlos. (Cfr. CONCILIO VATICANO II.,Sacrosantum Concilium,59)

Tenga en cuenta

– En el momento de elegir a los padrinos, los padres del niño deben tener presente que la esencia del padrinazgo no es tanto material sino espiritual. Los padrinos deben ser personas de verdadero testimonio cristiano que puedan ayudar a los padres en la educación de la fe de sus hijos.

– Cada parroquia, según las circunstancias del lugar, organizan los cursillos prebautismales a los que deben participar los padres y los padrinos; es un requisito ineludible pues se trata de un instrumento de formación cristiana.

– Se recomienda que los niños o niñas lleven un vestido blanco el día de su bautismo en signo de su nuevo nacimiento y su dignidad de cristianos que deben conservar como una vestidura blanca hasta la vida eterna.

– Se debe llevar un cirio a la ceremonia para la celebración de la luz; se trata de la gracia del Espíritu Santo que disipará las tinieblas de la vida.

– Los sacramentos no tienen valor económico. El feligrés presenta una ofrenda en razón de gastos y trabajo extrínseco. 

SI DESEA SABER SOBRE LOS SITIOS PARROQUIALES Y CURSOS PARA EL BAUTISMO AL IGUAL

QUE FECHAS EN LAS PARROQUIAS DE NUESTRA ARQUIDIÓCESIS,

PUEDE GUIARSE A TRAVÉS DE ESTE LINK.  UBICA LA PARROQUIA Y COMUNÍCATE CON EL SACERDOTE PÁRROCO.  

 http://arquidiocesisdeibague.org/servicios/directorio-eclesiastico.html    

 

ACTA QUE SE ELABORA EN EL DESPACHO PARROQUIAL

EN EL CASO QUE SE DESCONOCE SI LA PERSONA HA SIDO O NO BAUTIZADA

Arquidiócesis de Ibagué

Parroquia   xxxxxxxxxxxxx

Dirección   xxxxxxxxx  Teléfono   xxxxxxx  Nit   xxxxxxxx

ACTA N°    xxxxxxxxx

En la parroquia   xxxxxxxxxxxx  hoy  (fecha)   xxxxxxxxxxx  se presentaron ante este despacho:     xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (identificado con la Cc  xxxxxxxx)   y    xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx  identificado con la Cc   xxxxxxxx.  ambos vecinos de    xxxxxxxxxxx  quienes bajo la gravedad de juramento declararon lo siguiente:  Nuestro nombre como queda inscrito antes, somos el primero (a) (parentesco)   xxxxxxxxxx  y el segundo (a) (parentesco)    xxxxxxxxxxx  del niño (a)   xxxxxxxxxxxx  De   xxxxxxx años de edad.  Declaramos que no ha sido bautizado (a), porque   xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx  El niño (a) fue preparado (a) para el sacramento de  xxxxxxxxxxxxxxx  Por tal motivo solicitamos el párroco   xxxxxxxxxx   el favor de admitirlo (a)  para dicho (s)   sacramento (s). Con el compromiso de seguir ayudándolo para que se siga formando en la fe católica.

Leída la anterior declaración y encontrándola conforme con la verdad, en constancia se firma.  

Declarantes:   

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx        xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx      Cc                                                                                Cc

 

xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Párroco. Firma y sello. 

BIENVENIDOS AL REINO DE DIOS

                 El bautismo es el acto cariñoso por el cual Dios nos acepta como hijos suyos, para amarnos y cuidarnos como Padre amoroso hasta llevarnos al cielo

                Estimados, padre y madre de familia, el folleto que tienen en sus manos, pretende ofrecer una reflexión cristiana católica de la Gracia maravillosa que su hijo o hija va a recibir. Un nuevo ser ha nacido en su hogar y Dios lo recibe en el Reino de su creación. Hagan todo lo posible para que esta personita se proyecte en el mundo de su hogar, y la sociedad, con los dones y gracias que Dios le otorga.

                Los sacramentos están ordenados a la santificación de los hombres, a la edificación del cuerpo de Cristo, a dar culto a Dios.  Suponen la fe, la alimentan, la robustecen y la expresan por medio de palabras y acciones; por esta razón se llaman sacramentos.      Por la importancia que tienen los sacramentos con la vida cristiana y por ende el compromiso como la misión apostólica de la Iglesia; se hace necesario que los fieles que solicitan los sacramentos en sus parroquias, tengan un concepto claro, del sacramento, de sus compromisos,  y de la preparación espiritual para vivirlos. (Cfr. CONCILIO VATICANO II., Sacrosantum Concilium,59)

 BAUTISMO, SACRAMENTO DE LA FE 

                                                                        DIOS NOS REGALA SU MENSAJE 

                La semilla es la base y la esperanza de lo que queremos. Sin la semilla no podemos construir nada. La semilla necesita estar en un lugar adecuado, necesita ser cuidada con entereza y generosidad, necesita que se esté pendiente todos los días de ella. Por pequeña que sea, ella necesita de un medio ambiente, que le ayuden a mantener su vida, a crecer y a dar fruto. La fe si se le compara con una semilla, vemos que el mejor ambiente para la semilla de la fe, es el corazón, la fuerza de la voluntad, la rectitud de conciencia, la piedad y la constancia.

PENSEMOS EN LA PALABRA DIVINA    &

                De qué sirve, hermanos míos, que alguien diga: tengo fe. Si no tiene obras? Acaso, podrá salvarle la fe. Así también la fe, si no tiene obras, esta realmente muerta. (Santiago  2, 14)

 RECORDEMOS   E

                El bautismo es un sacramento que presupone, regala y alimenta la fe.

NUESTRO COMPROMISO      La fe nos compromete a aceptar a Jesús en nuestras vidas, dando testimonio de El.

 EL BAUTISMO, NOS CONVIERTE EN HIJOS DE DIOS

 DIOS NOS REGALA SU MENSAJE      

                Dios nos creó a su imagen y semejanza, Génesis.1,26 Lo cual quiere decir que tenemos todas las posibilidades de nuestra parte para comunicarnos con El, para conocerlo a El, para confiar plenamente en El.  La imagen más cercana que tenemos de Dios, es la de Dios Familia.  A Dios lo podemos considerar como una familia compuesta por tres personas: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. Juan.15,26-27. La familia Trinitaria es la clave para interpretar la vida en nuestra familia: Las características de la familia Trinitaria son: Vivir en igualdad, dentro de la diversidad de personas. Filipenses.2,6. Vivir en participación, conjunta en todo, aunque cada uno desempeña una misión específica, Efesios.1,1-4.  Y vivir en comunión (común-unión) Juan.17,21.

PENSEMOS EN LA PALABRA DIVINA     &

                Mirad qué amor nos ha tenido el Padre para llamarnos hijos de Dios, pues lo somos! el mundo no nos conoce, porque no le conoció a El. Ahora somos hijos de Dios y aún no se ha manifestado lo que seremos. Sabemos que cuando se manifieste seremos semejantes a El, porque le veremos tal cual es.. (1.Juan.3, 1-2).

NUESTRO COMPROMISO   El bautismo nos une a Jesucristo y no hace hijos de Dios

Padres y padrinos se comprometen a vivir como hijos Dios; en comunión, igualdad y participación.

               EL BAUTISMO, ES GRACIA DE DIOS

  DIOS NOS REGALA SU MENSAJE

                El ser humano, que es creado a imagen y semejanza de Dios, participa de la vida divina, cuando recibe el sacramento del Bautismo. Este sacramento borra el pecado original (el pecado es una desobediencia a Dios, nuestro Padre, quien desea que vivamos en armonía y en paz. Estar en pecado es estar muerto) Cfr. Efesios.2, 1-2.  Le abre al hombre la fuerza y la capacidad para formar parte del Reino de Dios.  Decir que el Bautismo nos libera o borra el pecado, es pensar que es el sacramento básico para vivir la gracia o en otras palabras, vivir según la voluntad de Dios, haciendo el bien y agradando a Dios con los pensamientos, palabras y acciones.

                El bautismo es considerado en nuestra fe cristiana, como un nuevo nacimiento. Pues, el hecho de bañar con el agua al niño, es signo de purificación, de transformación, de renovación, de vida nueva, es la consagración del niño para la vida divina.  El niño es bañado; como quien dice, se dispone en su cuerpo y en su alma para recibir a Dios en su espíritu. Al ser consagrado con la fórmula trinitaria en nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo,  y al recibir el baño bautismal en su cabeza; es todo su ser el que queda dispuesto para las cosas divinas. 

PENSEMOS EN LA PALABRA DIVINA    &

                Fuimos pues, con El, sepultados por el bautismo en la muerte, a fin de que, al igual que Cristo fue resucitado de entre los muertos por medio de la gloria del Padre, así también nosotros vivamos una vida nueva. Porque si nos hemos hecho una misma cosa con El por una muerte          semejante a la suya, también lo seremos por una resurrección semejante … Romanos.6,4-6.

RECORDEMOS   El bautismo da la vida de la gracia.         El cristiano debe ser consciente que con el bautismo se abren las puertas a la conversión en la fe a Cristo Jesús y por ende fortalece al hombre para combatir el pecado y vivir según la gracia de Dios. Por el bautismo morimos al pecado y resucitamos a una vida nueva  con Cristo.

 NUESTRO COMPROMISO   

Los padres y padrinos, deben hacer crecer a su hijo (a) y ahijado (a) en la vida de la gracia por el testimonio de vida

EL BAUTISMO NOS CONFIGURA CON CRISTO 

DIOS NOS REGALA SU MENSAJE     &

                Jesús está en el vértice de toda aspiración humana, es el término de nuestras esperanzas y de nuestras oraciones, es el punto focal de los deseos de la historia y de la civilización, es decir, es el Mesías, el centro de toda la humanidad.

                Aquel que da un valor a las acciones humanas. Aquel que conforma la alegría y la plenitud de los deseos de todos los corazones, el verdadero hombre, el tipo de perfección, de belleza, de santidad, puesto por Dios para dar a conocer el verdadero modelo, el verdadero concepto de hombre, el hermano de todos, el amigo insustituible, el único digno de toda confianza y de todo amor.

                El bautizado configura su vida con la de Cristo, a través de la gracia sacramental, y más concretamente, en la unción con el Crisma, que significa la participación en el sacerdocio Real de Cristo. La identidad con la persona de Jesús, como, Sacerdote, profeta y rey.  Es la palabra que todo lo define, todo lo explica, todo lo clasifica, todo lo redime. Es el Cristo Dios, el maestro, el salvador, la vida. Es el sacramento por excelencia.

PENSEMOS EN LA PALABRA DIVINA   

                Pues todos sois hijos de Dios por la fe en Cristo Jesús. En efecto, todos los bautizados en Cristo, os habéis revestido de Cristo, ya no hay judío, ni griego, ni esclavo, ni libre, ni hombre, ni mujer, ya que todos vosotros sois uno en Cristo Jesús. Y si sois de Cristo, ya sois descendencia de Abraham, herederos según la promesa. (Gálatas.3, 26-29)

El bautismo nos configura con Cristo, en su triple misión de, Sacerdote, Profeta y Rey.

NUESTRO COMPROMISO      Los cristianos debemos seguir las enseñanzas de Jesús; amando y practicando la Palabra de Dios;  y viviendo los sacramentos.

EL BAUTISMO NOS HACE MIEMBROS DE LA IGLESIA

             MIREMOS NUESTRA VIDA

                El bautismo es el sacramento por el cual entramos a formar parte de la familia de Dios, que es la Iglesia. Es como una matrícula en la escuela de Cristo. La Iglesia está formada por todos los bautizados que han atendido al llamado de Cristo Salvador.  Es muy importante saber, que la Iglesia, a la que pertenecemos es un misterio de comunión (entre más la conocemos, más nos sentimos unidos a Dios y a nuestros hermanos), La Iglesia es pueblo de Dios (lo que indica, que somos elegidos, que hemos sido privilegiados, Dios se ha fijado en nosotros). La Iglesia es sacramento de salvación, Cristo funda su Iglesia y a través de ella transmite su Gracia y nos comunica su amor.

                La Iglesia es presentada en la Santa Biblia, utilizando la imagen del cuerpo místico. Pablo compara la Iglesia con un cuerpo formado por diversos miembros.  Es el cuerpo de Jesús resucitado, vivificado por el Espíritu y primicia del nuevo mundo, al que los cristianos se unen por el sacramento del bautismo (Cfr. Romanos.8, 11;  I.Corintios.12, 13)

PENSEMOS EN LA PALABRA DIVINA  

                Del mismo modo que el cuerpo es uno, aunque tiene muchos miembros, y todos los miembros del cuerpo, no obstante su pluralidad, no forman más que un solo cuerpo, así también Cristo…. 1Corintios.12, 12-13.

SÍMBOLOS Y SIGNOS

EL SACERDOTE./  Representante de Jesucristo, celebra el bautismo como una respuesta de Dios, al querer de los padres, que presentan su hijo, como cooperadores, no sólo en la transmisión de la vida natural, sino como colaboradores también en el perfeccionamiento de la obra espiritual de Dios.

LA COMUNIDAD./ El bautismo es una fiesta eclesial, por eso se realiza en presencia de la comunidad que celebra con alegría, el ingreso de un nuevo miembro a la familia de Dios, que es la Iglesia

SIGNACION./  El sacerdote y los padres signan al niño con la señal de la cruz en la frente.  Ello indica, que luchará contra el mal y saldrá victorioso con Cristo, que luchó y triunfó en la cruz, venciendo al demonio y a la muerte.

PROFESION DE FE./

El sacerdote invita a la profesión de fe de los padres de familia, para recordarles el compromiso que adquieren ante  el bautizado. A su vez la renuncia al pecado como signo de fidelidad a los  mandatos de Cristo.

EL AGUA.  Al bautizar, el sacerdote derrama agua sobre la cabeza del niño. Es un signo de vida y purificación.  Por voluntad de Cristo, con el agua, en el bautismo se significa que el niño es regenerado por la vida de Dios y participa de su naturaleza.

EL ÓLEO.  El sacerdote unge a cada uno de los niños en el pecho, con el óleo de los catecúmenos.  La unción provoca la fortaleza espiritual del niño para expulsar el dominio de Satanás, espíritu del mal y para trasladar al Reino de Dios, al hombre sumergido en el pecado. Propiamente, libera el pecado original

EL CRISMA.  Se unge también la cabeza del niño con el Crisma (aceite consagrado). El aceite es signo de abundancia y de alegría; purifica (unción antes y después del baño) y da agilidad  (la unción de los atletas y los luchadores) es signo de curación, pues suaviza las contusiones y las heridas..(Catecismo. I. Corintios.12, 93) El bautizado se consagra como sacerdote, profeta y rey.

LA VESTIDURA BLANCA.  Se le coloca al niño, como signo de la gracia y pureza en que ha sido revestido el niño bautizado en Cristo.  Es signo de santidad, transparencia y de vida en la Gracia de Dios.

LA LUZ. CIRIO PASCUAL.  El cirio pascual nos recuerda a Jesucristo resucitado, vencedor del pecado y que resucita al hombre por el bautismo.  La luz tomada del cirio pascual, da al niño la luz de de la fe, para que entienda con claridad la Palabra de Dios y crea todo lo que El le enseña.

PADRE NUESTRO./  Bautizado ya el niño, la comunidad cristiana en sentido de alabanza al Señor, expresa su voluntad de amar y creer en ese Dios, como también aprende a perdonar como Jesús perdona a los que se equivocan.

DESPEDIDA./  El sacerdote en nombre de la Madre Iglesia, despide a los presentes diciéndoles que ella seguirá con solicitud los pasos del niño bautizado que luego preparará para la primera comunión, la confirmación y los demás sacramentos. 

                Santísima Virgen María, Madre de Dios y Madre Nuestra, en este día feliz del bautismo de nuestro (a) hijo (a); redimido (a) por la sangre de tu Hijo y hecho hijo (a) de Dios y miembro vivo de la Iglesia, presentamos este (a) niño (a) y te lo (a) consagramos a tu ternura y vigilancia. Tu que protegiste a tu Hijo Jesús y lo educaste con amor, presérvalo (a) de todo mal.

                Ayúdanos en nuestra misión de padres de este hijo (a) para que según tu ejemplo, lo (a) protejamos de todo mal y lo (a) eduquemos para Dios.  Si algún día

pierde la Gracia, condúcelo (a) de nuevo a la amistad con Dios.  (Salve. Gloria al Padre)

Los padres de familia deben comprometerse muy en serio en la formación cristiana del    bautizado.

                LOS PADRINOS: Deben ayudar a la formación cristiana de los ahijados. Deben ser    cristianos cumplidores, capaces de amar y de ocuparse de la salvación de sus ahijados. Deben ser próximos a la familia, por la amistad y el conocimiento. No deben ser de mucha edad. Se aconseja que sean, un tío, hermano mayor primo etc. Esto porque tendrán más interés por la filiación que los une.

LA DECISION.  Al decidirse para el encuentro con el Señor a través del bautismo del  niño, hay que tener en cuenta: Presentarse al centro parroquial. Si el niño está denunciado debe llevar su registro civil; al presentarse los padres deben dar sus nombres y apellidos completos, al igual que los de sus abuelos paternos y maternos. Es bueno que los padres porten su cédula de ciudadanía. Recuerden que una decisión tomada a tiempo es la garantía de la vida del niño